

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha explicado que la prestación por incapacidad temporal cubre la pérdida de rentas del trabajador español producida por enfermedad común o accidente no laboral, enfermedad profesional o accidente de trabajo y los períodos de observación por enfermedad profesional.
A su vez, elsubsidio también contempla aquellas situaciones en que pueda encontrarse la mujer en caso de: menstruación incapacitante secundaria; interrupción del embarazo, voluntaria o no, mientras reciba asistencia sanitaria por el Servicio Público de Salud y esté impedida para el trabajo, y gestación de la mujer trabajadora desde el día primero de la semana trigésima novena.
Pensión de incapacidad temporal: cuánto dura la prestación
La duración máxima de la incapacidad temporal es de 365 días, prorrogables otros 180 días, cuando se presuma que, durante ellos, el trabajador pueda ser dado de alta médica por curación, según la Ley General de la Seguridad Social (LGSS).
A su vez, la duración será de seis meses (180 días) para los periodos de observación por enfermedad profesional, y este plazo podrá prorrogarse por otros 180 cuando se estime necesario para el estudio y diagnóstico de la enfermedad.

Pensión de incapacidad temporal: cuándo te la pueden suspender o quitar
Hay casos en los que la Seguridad Social puede quitarle esta prestación a trabajadores aunque no estén recuperados. Estas razones son las siguientes:
Pérdida o suspensión
- Actuación fraudulenta para obtener o conservar la prestación.
- Trabajar por cuenta propia o ajena.
- Rechazar o abandonar el tratamiento prescrito.
- Suspensión cautelar: incomparecencia del beneficiario a reconocimiento médico.

Extinción
- Se extingue por el transcurso del plazo máximo establecido.
- Alta médica con o sin declaración de incapacidad permanente.
- Pasar a ser pensionista de jubilación.
- Por no presentarse a los reconocimientos establecidos por los médicos del INSS o de la mutua.
- Por fallecimiento.
- En el supuesto de la semana trigésima novena de gestación será hasta la fecha del parto.
Pensión de incapacidad temporal: quiénes pueden pedirla y cuáles son los requisitos
Los beneficiaron de esta prestación incluye a los trabajadores, incluidos en cualquier régimen de la Seguridad Social, siempre que cumplan determinados requisitos, y a los del régimen especial de autónomos (RETA) incluidos en el sistema especial de trabajadores agrarios que hayan optado por incluir esta prestación.

En ese sentido, los requisitos para poder obtenerla son:
Enfermedad común
Estar afiliados y en alta o en situación asimilada al alta y tener cubierto un período de cotización de 180 días en los 5 años anteriores.
Otras impedimentos
Accidente sea o no de trabajo, enfermedad profesional, menstruación incapacitante secundaria e interrupción del embarazo: no se exigen cotizaciones previas.
Día primero semana trigésima novena de gestación
- Si es menor de 21 años: no se exigirá período mínimo de cotización.
- Si tiene entre 21 y 26 años: 90 días cotizados dentro de los siete años inmediatamente anteriores al momento del inicio del descanso o 180 días cotizados a lo largo de su vida laboral.
- Si tiene cumplidos 26 años: 180 días dentro de los siete años inmediatamente anteriores al momento de inicio del descanso o 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral.















