La tramitación de una herencia en España exige identificar a todos los herederos y contar con su intervención para aceptar, renunciar o repartir los bienes. Cuando todo fluye, el proceso puede cerrarse en meses. Pero si uno de los llamados a heredar no aparece, la situación cambia de forma sustancial.
El hecho de que un heredero esté en paradero desconocido no implica que pierda automáticamente sus derechos. La Ley de Sucesiones, a través del Código Civil, establece herramientas concretas para proteger su parte y, al mismo tiempo, permitir que el resto de los coherederos no queden bloqueados indefinidamente.
Qué sucede cuando uno de los herederos no puede ser localizado
En el sistema español, la partición de la herencia requiere la participación de todos los herederos. Si uno no comparece y no puede ser localizado, no se puede adjudicar definitivamente el patrimonio. No se trata de una cuestión formal menor, sino de una garantía jurídica; el Código Civil, en sus artículos 181 a 198, regula la situación de la ausencia legal y la eventual declaración de fallecimiento.
Según la Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria, Cuando una persona desaparece sin dejar representante, cualquier interesado puede solicitar ante el juzgado la declaración de ausencia.
El juez puede nombrar un representante del ausente, cuya función es defender los intereses del heredero desaparecido dentro del procedimiento sucesorio. Esto permite que la herencia avance sin vulnerar sus derechos.
La declaración de ausencia y la protección de la parte hereditaria
La declaración de ausencia no elimina al heredero de la sucesión. Su cuota hereditaria queda reservada y administrada bajo control judicial. El representante designado puede intervenir en la partición para evitar que el proceso quede paralizado.
Este mecanismo tiene una doble finalidad. Por un lado, impide que los demás coherederos dispongan libremente de la parte que no les corresponde. Por otro, evita que la comunidad hereditaria quede indefinidamente bloqueada.
La ley exige que previamente se intente localizar al desaparecido mediante citaciones y publicaciones oficiales. Solo tras acreditar que no ha sido posible su localización se puede avanzar hacia la declaración formal de ausencia. La intervención judicial garantiza que no se produzca una desposesión arbitraria.
Qué ocurre si pasan los años y el heredero sigue sin aparecer
Si transcurre un periodo prolongado sin noticias del heredero desaparecido, puede solicitarse la declaración de fallecimiento. El artículo 193 del Código Civil establece que, como regla general, deben haber pasado diez años desde las últimas noticias, aunque existen plazos más breves cuando la desaparición se produjo en situaciones de riesgo grave.
Una vez dictada la declaración judicial de fallecimiento, la persona es considerada jurídicamente fallecida. Su parte en la herencia deja de estar en suspenso y pasa a integrarse en su propio caudal hereditario. Es decir, serán sus propios herederos quienes puedan reclamar esa cuota.
Este punto es clave. La porción no se reparte automáticamente entre los coherederos originales, salvo que legalmente les corresponda también heredar al desaparecido. Se abre una nueva sucesión respecto de esa persona declarada fallecida.
La normativa también contempla una salvaguarda. Si el declarado fallecido reaparece, puede recuperar sus bienes en el estado en que se encuentren, aunque no podrá reclamar los frutos ya consumidos de buena fe por quienes los recibieron conforme a la resolución judicial.
Cuáles son las consecuencias para el resto de coherederos
Mientras no exista declaración de ausencia o de fallecimiento, la partición de la herencia no puede cerrarse plenamente. Los bienes quedan en comunidad y su venta o adjudicación definitiva se complica.
Esto tiene efectos directos en situaciones habituales como la venta de una vivienda heredada, la cancelación de cuentas bancarias o la liquidación de impuestos. El Impuesto sobre Sucesiones debe presentarse dentro de plazo, aunque la adjudicación material quede pendiente.
Por eso, en la práctica, cuando un heredero no puede ser localizado, lo recomendable es iniciar cuanto antes el procedimiento judicial correspondiente. La intervención del juzgado no es opcional si se quiere desbloquear la herencia con seguridad jurídica.
La Ley de Sucesiones en España no permite que la simple desaparición extinga derechos hereditarios. Pero tampoco deja al resto de coherederos sin salida. La declaración de ausencia y, en su caso, la declaración de fallecimiento son los instrumentos previstos para que la parte del heredero desaparecido no quede en un limbo indefinido y el proceso sucesorio pueda completarse conforme a derecho.