La declaración de la Renta ya está en marcha y, con ella, llegan también algunas oportunidades de ahorro poco conocidas. Una de ellas tiene que ver con el ejercicio físico. En ciertas comunidades autónomas, es posible acceder a una deducción fiscal por gastos vinculados a la actividad deportiva, incluyendo las cuotas del gimnasio.
Esta medida, destinada a fomentar hábitos saludables, permite que algunas personas descuenten una parte del dinero que invierten en su bienestar físico a la hora de rendir cuentas con Hacienda. No se trata de una política general, sino de deducciones puntuales aplicables solo en determinados territorios y bajo requisitos específicos.
¿Cómo funciona esta deducción en la declaración de la Renta?
El beneficio fiscal aparece contemplado en el Manual práctico de la Renta 2024 publicado por la Agencia Tributaria. Allí se detallan las deducciones autonómicas disponibles, entre ellas la vinculada al deporte. Para acceder a ella es necesario justificar el gasto mediante factura y cumplir con los límites de ingresos establecidos.
Los conceptos que pueden deducirse incluyen cuotas de gimnasios, servicios de entrenamiento personalizado, licencias federativas y adquisición de equipamiento deportivo obligatorio. En todos los casos, el porcentaje de deducción y el tope máximo anual dependen de la edad, el grado de discapacidad del declarante y su nivel de ingresos.
¿En qué comunidades se aplica y qué requisitos hay que cumplir?
Actualmente, esta deducción está disponible en dos comunidades autónomas: la Comunidad Valenciana y La Rioja.
En la ComunidadValenciana, se permite deducir el 30% del gasto, con un tope de 150 euros anuales. Este porcentaje se incrementa al 50% en el caso de personas mayores de 65 años o con una discapacidad igual o superior al 33%, y llega al 100% si se supera el umbral de los 75 años o del 65% de discapacidad. La deducción solo aplica si los ingresos no superan los 32.000 euros en declaración individual o los 48.000 en conjunta.
En La Rioja, la deducción es del 30% de los gastos relacionados con gimnasios, instalaciones deportivas y clases vinculadas al deporte. El límite general es de 300 euros, aunque también se amplía hasta el 100% para personas mayores de 65 años o con discapacidad igual o superior al 33%.