La Seguridad Social vive un momento decisivo tras una sentencia del Tribunal Supremo. Ahora, no solo las madres, sino también los padres tendrán igualdad para reclamar el complemento de maternidad. Miles de parejas podrán reclamar lo que hasta ahora se les negaba.
Según el Alto Tribunal, permitir que un solo progenitor reciba el complemento, incluso cuando ambos cumplan los requisitos, es discriminatorio y va en contra de la legislación española y europea.
Qué implica este cambio para jubilados y jubiladas
Entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, el antiguo complemento de maternidad estaba vigente sin distinciones de género. Sin embargo, la Seguridad Social solía asignarlo solo a uno de los progenitores, normalmente la madre.
La sentencia STS 21/2025 establece que, si ambos progenitores reúnen los requisitos (haber sido progenitores y contar con pensión contributiva), cada uno puede percibir el complemento.
De esta forma, se abre la puerta a reclamaciones masivas en forma de aumentos del 5%, 10% o 15% de la pensión, según el número de hijos.
Derechos retroactivos y posibles indemnizaciones
No solo se permitirá percibir el complemento; además, el Supremo ha dejado claro que no prescribe, lo que significa que quienes accedieron a la pensión en ese periodo pueden solicitarlo con efectos retroactivos ilimitados.
Encima, el Tribunal Supremo ha reconocido el derecho a una indemnización por discriminación, que puede rondar los 1500-1800 euros, sumada a los atrasos cobrados.
Varias sentencias ya han concedido estas indemnizaciones junto con complementos retroactivos de hasta 13.000 euros, 19.500 euros o más.
Además, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) reiteró recientemente que exigir requisitos adicionales para padres constituye un obstáculo discriminatorio.
Cómo se puede reclamar este complemento
Quienes se jubilaron entre enero de 2016 y febrero de 2021 y tienen al menos dos hijos pueden iniciar el proceso:
Presentar la solicitud en el INSS, incluyendo documentación de identidad, libro de familia y resolución de pensión.
Si la respuesta es negativa, presentar reclamación administrativa.
Si sigue el rechazo, acudir a la vía judicial ante el Juzgado de lo Social.
También pueden acceder jubilados posteriores, a partir del 4 de marzo de 2021, por el denominado complemento de brecha de género, que equivale a una cantidad fija (35,90 euros al mes por hijo).
Un impacto económico para muchas familias
Este giro judicial puede suponer una mejora notable en la pensión de miles de personas. Por cada hijo, el complemento puede representar entre 35 euros y el 15% de la pensión, con acumulaciones que incluyen años de atrasos.
De hecho, el éxito de varias demandas ha supuesto pagos de varias decenas de miles de euros, según explican expertos legales y organizaciones del sector.
El mensaje es claro: no hay plazo límite para reclamar y la justicia avala el derecho. Este cambio normativo y jurisprudencial abre una ventana significativa para corregir años de injusticia salarial y de género.