En esta noticia
En mayo de 2024, España dio un paso decisivo hacia la protección de los derechos laborales de las personas con discapacidad sobrevenida. El Consejo de Ministros aprobó la modificación del artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores, eliminando la posibilidad de extinguir automáticamente el contrato de trabajo por causa de incapacidad permanente o gran invalidez.
La reforma fue impulsada por Yolanda Díaz, vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, como respuesta a una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Los trabajadores que no podrán ser despedidos
Esta sentencia instaba a los Estados miembros a garantizar que las personas con discapacidad no fueran despedidas automáticamente, en cumplimiento de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Hasta entonces, las empresas podían extinguir el contrato de forma automática si un trabajador era declarado en situación de gran invalidez, incapacidad permanente absoluta o total. Con la nueva normativa, esta práctica queda prohibida, y se reconoce el derecho del trabajador a decidir sobre su continuidad laboral.
La reforma establece que el trabajador afectado por una incapacidad puede optar por mantener su puesto de trabajo, siempre que se realicen las adaptaciones necesarias, o bien solicitar el traslado a otro cargo vacante que se ajuste a su perfil profesional y a su nueva situación de salud.
¿Qué pasos debe seguir el trabajador?
El trabajador debe informar a la empresa de su situación, presentar un informe médico y, si corresponde, el reconocimiento oficial de la incapacidad. Luego, puede solicitar formalmente las adaptaciones necesarias o proponer un cambio de puesto dentro de la misma organización.
En caso de que la empresa se niegue a realizar las adaptaciones o a ofrecer un puesto alternativo, el trabajador puede presentar una reclamación ante la Inspección de Trabajo o los órganos competentes de su comunidad autónoma. La ley busca garantizar que se agoten todas las vías antes de considerar un despido.
Esta reforma representa un avance significativo en la inclusión laboral de personas con discapacidad. Refuerza el principio de igualdad de oportunidades y combate la discriminación estructural que históricamente ha afectado a este colectivo en el ámbito laboral.