En España, más de ocho millones de personas perciben algún tipo de pensión. Dentro de este grupo, aproximadamente 460.000 individuos dependen de pensiones no contributivas por jubilación o invalidez.
Estas ayudas están diseñadas para asegurar un ingreso mínimo a quienes no tienen acceso a una pensión contributiva, aunque están sujetas a rigurosos controles por parte del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) y la Seguridad Social.
Desde 2025, los beneficiarios de estas prestaciones deben presentar anualmente una declaración de ingresos antes del 1 de abril, de acuerdo al Imserso.
El incumplimiento de este requisito puede resultar en la suspensión temporal de la pensión y, si el retraso se prolonga más de 90 días, en la baja definitiva del beneficio.
Las autoridades han emitido advertencias al respecto y miles de personas podrían enfrentar la pérdida de su pensión a partir del momento que se detecte una irregularidad.
El propósito de la medida es asegurar que los fondos públicos se destinen exclusivamente a quienes realmente los requieren y cumplen con los criterios establecidos por la ley.
Causas de baja en la pensión no contributiva
La obligación de presentar la documentación anual incumbe tanto a los residentes en España como a aquellos que residen en el extranjero. En el primer caso, el trámite principal consiste en la declaración de ingresos de la unidad económica de convivencia correspondiente al año anterior. Este formulario es emitido por el Imserso y puede ser completado de manera online o de forma presencial.
Para los pensionistas que residen fuera del país, la situación es aún más compleja. Además de la declaración de ingresos, es necesario presentar un certificado de fe de vida, el cual puede ser gestionado a través de la aplicación oficial "VIVESS". Este documento acredita que el beneficiario se encuentra con vida y la falta de su presentación puede conllevar la suspensión de la pensión.
De acuerdo con el artículo 372 del Real Decreto Legislativo 8/2015 y el artículo 16.2 del Real Decreto 357/1991, ambos trámites son de carácter obligatorio y deben llevarse a cabo anualmente.
El incumplimiento de estas obligaciones conlleva la suspensión de la pensión, tal como lo estipula la normativa vigente", advierten desde la Seguridad Social.
Documentación necesaria para mantener la pensión
Con el fin de prevenir inconvenientes, los beneficiarios deben asegurarse de seguir los pasos que se detallan a continuación:
Declaración de ingresos: es imperativo que se incluya la totalidad de los ingresos del hogar correspondientes al año anterior. Este requisito es obligatorio para todos los pensionistas no contributivos.
Certificado de fe de vida: este documento debe ser presentado únicamente por aquellos que residen en el extranjero. Su gestión puede realizarse mediante el DNI y el reconocimiento facial a través de la aplicación "VIVESS".
Entrega en plazo: la fecha límite para la presentación de la documentación es el 31 de marzo. Una vez transcurrido este plazo, se dispone de 90 días adicionales para regularizar la situación antes de que la pensión sea cancelada de manera definitiva.
"El sistema es claro: si no se entrega la documentación, la prestación se suspende. Y si no se corrige la situación, se pierde el derecho a cobrarla", advierten desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Pasos a seguir si has perdido tu pensión
Si la pensión ha sido suspendida, todavía existe la posibilidad de recuperarla. El beneficiario cuenta con un plazo de 90 días para presentar la documentación y solicitar su reactivación. Si se realiza dentro de este tiempo, no solo se reanuda el pago, sino que también se abonan los montos retroactivos que no se han recibido. Para ello, es necesario: