

La Seguridad Social implementará un nuevo mecanismo destinado a salvaguardar la cuantía de la pensión para futuros jubilados, asegurando que la pensión final no se vea perjudicada.
Este sistema permite “rellenar” lagunas en los periodos en los que no existió la obligación de cotizar durante el periodo de cálculo de la pensión en España.
La integración de lagunas se encuentra regulada en el artículo 209.1.b de la Ley General de la Seguridad Social (que se puede consultar en este BOE). Este artículo detalla que se trata de un mecanismo aplicable durante el cálculo de la pensión, destinado a rellenar meses en los que no se realizó la cotización.
Sin embargo, el objetivo no es simplemente sumar años para cumplir con el mínimo requerido para la jubilación, sino proteger la cuantía de la pensión y evitar que la jubilación final se vea afectada por estos espacios vacíos.
Por ejemplo, si se cuenta con 13 años cotizados, la Seguridad Social no sumará dos años para acceder a la pensión, ya que esto solo influye en la forma de calcular la base reguladora, o lo que se conoce como “el 100% de la pensión a la que se tiene derecho”.

Integración de lagunas en pensiones: ¿Cómo funciona?
Para comprender la relevancia de las lagunas en el proceso de jubilación, es fundamental saber cómo se calcula la pensión. La cuantía de la pensión se determina a partir de la base reguladora, la cual se obtiene al sumar las bases de cotización de los últimos 25 años (300 meses) y dividir el resultado entre 350.
En este cálculo, las bases de los dos años más cercanos a la jubilación se consideran a su valor nominal, mientras que las bases anteriores se ajustan conforme a la inflación.
Así, un “parón” en la cotización durante esos 25 años puede reducir la base reguladora media y, en consecuencia, la pensión final. Para mitigar este efecto adverso, la Seguridad Social compensará esas lagunas de la siguiente manera:
- Las primeras 48 mensualidades sin obligación de cotizar se completan con el 100% de la base mínima de cotización vigente en ese momento.
- Si existen más meses sin cotizar, a partir del mes 49 se rellenan con el 50% de esa misma base mínima.
Esta normativa fue establecida por la Ley 27/2011, por lo que aquellos que se hayan jubilado bajo la legislación anterior verán que todos los períodos sin cotización se integran con el 100% de la base mínima vigente en cada momento.

Acceso a la integración de lagunas en la pensión
La integración de las lagunas es un mecanismo disponible principalmente para los trabajadores del Régimen General de la Seguridad Social, por lo que su aplicación varía entre los diferentes colectivos. Los trabajadores autónomos (que cotizan bajo el RETA) constituyen el grupo que se encuentra mayormente excluido.
En estos casos, si se presentan meses sin actividad, los periodos no se completan automáticamente como sucede en el Régimen General. Además, la integración de lagunas no se aplicará en las siguientes situaciones:
- Trabajadores del Sistema Especial Agrario por Cuenta Ajena, para quienes solo se consideran los períodos efectivamente cotizados.
- Empleados del hogar, durante el periodo transitorio hasta 2023, en el cálculo de sus pensiones de incapacidad permanente y jubilación.
No obstante, existe una excepción limitada: la ley prevé la integración de las lagunas de cotización durante los seis meses posteriores al cese de actividad, aunque no se establece como una norma general a lo largo de su vida laboral.











