La Ley de Propiedad Horizontal, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), establece de manera expresa que no se puede colocar un aparato de aire acondicionado en la fachada de un edificio sin autorización.
El artículo 7 de la Ley es claro: los propietarios solo pueden modificar su vivienda siempre que no se altere la seguridad, la estructura o la configuración exterior del edificio y sin perjudicar los derechos de otros vecinos. Las fachadas se consideran elementos comunes, por lo que cualquier intervención en ellas requiere el consentimiento de la comunidad.
Esta normativa, que afecta a millones de comunidades de vecinos en toda España, protege los elementos comunes y la estética de los inmuebles, especialmente en verano, cuando la demanda de climatización se dispara.
¿Qué consecuencias tiene esta prohibición para los vecinos?
Un experto de Millennials Abogados explicó que la instalación en fachadas está estrictamente prohibida sin la debida autorización de la junta. Esta normativa tiene como finalidad preservar la armonía arquitectónica del inmueble y evitar decisiones unilaterales que puedan perjudicar al conjunto.
El abogado subrayó que la prohibición se extiende tanto a los elementos comunes como a los privativos cuando la instalación compromete la estética exterior.
De esta manera, se prioriza la protección de la configuración del edificio sobre las necesidades individuales, asegurando un equilibrio entre el derecho de propiedad y el interés colectivo de la comunidad.
¿Hay excepciones a la normativa?
Sí, sin embargo, existen limitaciones. La ley permite la instalación de aparatos de aire acondicionado en espacios privativos como terrazas o patios de uso exclusivo, siempre que no se comprometan los elementos comunes ni se menoscabe la estética del inmueble.
En tales circunstancias, los especialistas aconsejan notificar previamente a la comunidad para evitar posibles conflictos o reclamaciones.
Adicionalmente, en caso de ser necesario, el propietario tiene la opción de solicitar a la comunidad autorización formal para la instalación del equipo en la fachada.
Este procedimiento requiere la presentación de un proyecto que incluya las características del aparato, su ubicación precisa y el impacto estético, el cual será discutido y votado en la junta. La aprobación estará sujeta a las mayorías estipuladas por la ley.
Consecuencias del incumplimiento normativo
Colocar un aire acondicionado en la fachada sin el debido permiso conlleva consecuencias legales. La comunidad tiene el derecho de exigir la retirada inmediata del aparato y, si el propietario se niega a cumplir, puede emprender acciones legales.
Los tribunales suelen apoyar a las comunidades en estos casos, obligando no solo a desinstalar el equipo, sino también a enfrentar posibles multas y cubrir los gastos de reparación de los daños ocasionados en las áreas comunes.