Para proteger al urogallo cantábrico, un ave española con una población silvestre inferior a los 200 ejemplares y declarado en situación crítica por el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico, la Junta de Castilla y León ha implementado nuevas restricciones y multas para las personas que vulneren su conservación.
Esta ave que vive en la comarca de Laciana, en León, lucha por subsistir cada primavera, en su delicada época de celo. Las restricciones de acceso se aplican en zonas clave de los municipios de Villablino, Palacios del Sil y Murias de Paredes. Comenzaron el 15 de abril y se aplicarán hasta el 31 de mayo.
Urogallo cantábrico, un ave española en peligro de extinción
Desde el 15 de abril hasta el 31 de mayo, estará prohibido transitar por estos espacios entre las 23:00 y las 9:00 horas. No se trata de una medida aislada: lleva tres años aplicándose y forma parte del plan de recuperación de la especie en la región.
En estas semanas de abril y mayo, los machos de urogallo escogen puntos estratégicos en el bosque para dormir y, al amanecer, desplegar su característico canto de cortejo. Sin embargo, cualquier interrupción puede echar por tierra todo el proceso: ruidos, luces o presencias humanas pueden hacer que los ejemplares abandonen sus zonas de canto y con ello, se frustre la reproducción.
Restricciones y multas en España para proteger al ave en peligro de extinción
Para garantizar que eso no ocurra, las autoridades han desplegado un operativo de vigilancia compuesto por:
Agentes medioambientales y celadores del medio natural
Patrullas específicas de oso y urogallo de la Fundación del Patrimonio Natural
Señalización visible en los accesos a las áreas restringidas
Estas acciones preventivas se suman a otras de gestión activa que buscan revertir el declive de la especie. No obstante, el éxito depende también del comportamiento de los visitantes.
El acceso indebido a las zonas protegidas se considera una infracción grave según la Ley 4/2015 de Patrimonio Natural de Castilla y León. Las multasoscilan entre los 5001 y los 200.000 euros, una cifra que refleja la gravedad del daño que puede causar una simple caminata en el momento y lugar equivocados.
Cabe destacar que esta normativa se dirige exclusivamente a visitantes. Quedan excluidos los propietarios de los terrenos, los titulares de derechos sobre su uso, así como los servicios públicos o personas implicadas en aprovechamientos vecinales tradicionales.