

La legislación española protege a los trabajadores que deciden donar un órgano en vida para un posterior trasplante y establece una prestación económica específica durante el periodo de incapacidad temporal derivado del proceso médico.
La medida contempla tanto la intervención como las actuaciones médicas previas que resulten necesarias y garantiza una cobertura económica desde el inicio de la baja, sin que el trabajador tenga que asumir una pérdida de ingresos por este motivo.
¿Qué sueldo cobra un trabajador que dona un órgano?
La normativa establece que la incapacidad temporal vinculada a la donación de órganos o tejidos tiene una protección específica. Durante este periodo, el trabajador tiene derecho a un subsidio equivalente al 100% de la base reguladora correspondiente.

La cobertura se aplica desde el inicio de la incapacidad temporal y alcanza el periodo en el que el donante necesita asistencia sanitaria y no puede desempeñar su actividad laboral con normalidad. El objetivo es evitar que una persona que decide donar un órgano en vida vea reducidos sus ingresos como consecuencia de la intervención y de su recuperación.
La protección incluye el proceso médico relacionado con la donación, desde las actuaciones necesarias antes de la intervención hasta la recuperación posterior, siempre que exista la correspondiente situación de incapacidad temporal.
¿Qué permisos tienen los trabajadores antes de donar un órgano?
La normativa también contempla un permiso para que el trabajador pueda acudir a los actos preparatorios de la donación cuando deban realizarse dentro de su jornada laboral.
Este permiso puede incluir sesiones formativas, informes, pruebas médicas, exploraciones y otros exámenes clínicos necesarios para determinar si la persona reúne las condiciones para convertirse en donante. De esta forma, el trabajador puede realizar el proceso previo sin que estas actuaciones supongan un perjuicio laboral.
La medida procede de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, que incorporó mejoras en la protección de las personas donantes en vivo de órganos o tejidos destinados a un posterior trasplante. Aunque la norma se publicó en el BOE en diciembre de 2024, sus efectos comenzaron el 3 de marzo de 2025.












