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La Dirección General de Tráfico ha elevado el nivel de exigencia al renovar el carnet de conducir para los españoles mayores de 65 años, no como un castigo por la edad, sino para prevenir que condiciones de salud potencialmente peligrosas pongan en riesgo a los conductores y a los demás.

Según ha señalado Pere Navarro, director de la DGT, la decisión no impone un límite de edad per se, sino que busca garantizar que los aptos para conducir mantengan las capacidades necesarias-físicas, sensoriales y cognitivas-mediante reconocimientos más rigurosos.

La DGT solicita aumentar la frecuencia de controles médicos

Desde 2025, los conductores que superen los 65 años deberán someterse a un esquema de renovación más estricto, que incluye exhaustivos análisis médicos en áreas fundamentales como visión, audición, reflejos, cognición y la detección de posibles enfermedades crónicas.

En caso de que durante el reconocimiento se identifiquen deficiencias o patologías que puedan deteriorarse, la DGT tiene la facultad de denegar la renovación, acortar la validez del permiso o imponer restricciones. Los plazos de renovación se han modificado de la siguiente manera:

  • De 65 a 70 años: renovación cada 5 años (anteriormente era cada 10).
  • A partir de 70 años: la frecuencia se incrementa a cada 2 años, acompañada de exámenes aún más rigurosos.

Este enfoque busca alinearse con la evidencia: según la DGT, en 2019, los conductores mayores de 65 años representaron el 28% de las víctimas mortales en accidentes de tráfico, a pesar de constituir solo el 19% de los conductores, lo que indica un riesgo significativamente mayor.

Enfermedades y medicamentos que dificultan la renovación del carnet

No solo la edad es un factor determinante, sino que también existen condiciones médicas específicas que pueden influir en la capacidad para conducir. A partir de enero de 2025, la DGT ha implementado una lista de enfermedades y tratamientos que impiden la renovación del carnet de conducir, sin considerar la edad del solicitante. Entre las condiciones destacadas se encuentran: - Problemas neurológicos o cognitivos (demencia, epilepsia, TDAH..) - Enfermedades cardiovasculares (infarto, hipertensión, marcapasos..) - Enfermedades respiratorias, digestivas y endocrinas (diabetes insulinodependiente..) - Trastornos psiquiátricos (depresión, ansiedad, T.O.C.) - Enfermedades oncológicas, crónicas o degenerativas (ELA, Parkinson..) - Medicación que interfiera con la capacidad de conducción (fármacos psiquiátricos, para apnea, etc.) Si durante el reconocimiento médico se detecta alguna de estas condiciones sin la certificación de la capacidad para conducir, la DGT tiene la facultad de rechazar la renovación del carnet.

Ventajas Exclusivas para Adultos

La DGT presenta nuevas ventajas para las personas mayores de 70 años: se eliminan las tasas de renovación, aunque deberán cubrir el costo del reconocimiento médico. Asimismo, los mayores de 65 años pueden acudir sin cita previa a cualquier centro médico autorizado para realizar el trámite. Y es importante destacar que la normativa no establece una edad límite para conducir, siempre que se aprueben los exámenes pertinentes. La DGT reafirma su compromiso con la seguridad vial, adoptando un enfoque más personalizado y menos estigmatizante: el objetivo no es retirar licencias a los mayores, sino garantizar que quienes estén al volante cuenten con las condiciones psico-físicas adecuadas.