Millones de ciudadanos esperan cada año la devolución del IRPF tras presentar su declaración de la renta. Pero no todos saben que existe un documento clave cuya ausencia puede impedir el reintegro, incluso cuando Hacienda debe aún dinero al contribuyente.
Hasta ahora, quienes cotizaron como mutualistas y tenían derecho a devolución por ingresos indebidos en ejercicios anteriores contaban con solicitudes previas que les eximían de repetir trámites.
Sin embargo, un cambio normativo reciente deja claro que ese privilegio desaparece: será obligatorio presentar nuevamente un formulario específico durante cada campaña para poder cobrar la devolución.
Qué ha cambiado para los mutualistas y por qué es importante
Durante años, las solicitudes de devolución realizadas por mutualistas quedaron vigentes hasta que se resolvieron. Pero, según Hacienda, todas las peticiones anteriores a 22 de diciembre de 2024 quedan sin efecto, y deben volver a presentarse si aún no se ha cobrado la devolución.
Esto afecta a quienes trabajaron en sectores como la banca, construcción, eléctricas o pesca entre 1967 y 1978.
Desde abril de 2025, la Agencia Tributaria exige un nuevo formulario de solicitud en cada ejercicio fiscal para poder tramitar la devolución del IRPF. Trámite imprescindible para poder cobrar, incluso si la declaración de la renta ya estaba presentada.
Cuáles son los requisitos que deben cumplir
El nuevo documento debe presentarse en el periodo voluntario de la campaña de renta -entre el 2 de abril y el 30 de junio de 2025-, junto con la declaración correspondiente. Sin él, Hacienda no tramitará la devolución, aunque el contribuyente ya haya declarado anteriormente.
Además, el proceso establece un calendario escalonado para las devoluciones: en 2025 se solicita la devolución del IRPF de 2019 y años anteriores no prescritos, en 2026 la de 2020, en 2027 la de 2021 y en 2028 la de 2022. Quien no presente el formulario en plazo pierde el derecho a recuperar esas cantidades.
Consecuencias de no presentar el formulario a tiempo
Para un mutualista que no presente el formulario en el plazo, la consecuencia es clara: no recibirá la devolución del IRPF, aunque Hacienda deba dinero. Ni siquiera si ya había gestionado la solicitud en ejercicios anteriores.
Este nuevo marco puede impactar de forma especialmente dura en quienes tenían deudas acumuladas que reclamaban desde hace años. El cambio obliga a repetir el trámite cada campaña y, en ausencia de la documentación adecuada, las devoluciones quedarían bloqueadas.
Cómo y dónde presentar el formulario para no perder la devolución
El formulario ya está disponible desde el inicio de la campaña 2025 en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria y también desde su aplicación móvil oficial. Solo se requiere identificación mediante Cl@ve, certificado digital, DNI o número de referencia, además de una cuenta bancaria y teléfono actualizados.
Es imprescindible realizar este trámite cada año hasta 2028 como mínimo, según la nueva normativa que distribuye las devoluciones por períodos fiscales. No basta con haberlo hecho en una campaña anterior.