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Existen muchos motivos por los cuales la Dirección General de Tráfico (DGT) puede imponer una multa. Uno de los más comunes tiene que ver con el exceso de velocidad, ya sea en calles, rutas, autovías o autopistas. Se tratan de sanciones preventivas, ya que conducir muy rápido puede crear situaciones de peligro que pueden resultar en lesiones o fatalidades para el conductor, sus acompañantes o quien esté circulando a su alrededor.

Sin embargo, las altas velocidades no son el único motivo por el cual el organismo de tráfico puede sancionar. Muchas personas no saben que, en algunos casos puntuales, circular demasiado despacio también puede ser motivo de sanción y derivar en multas.

Por qué se multa a los conductores que manejan demasiado despacio

El Reglamento de Circulación establece en su artículo 45 que "todo conductor está obligado a respetar los límites de velocidad establecidos y a tener en cuenta, además, sus propias condiciones físicas y psíquicas, las características y el estado de la vía, del vehículo y de su carga, las condiciones meteorológicas, ambientales y de circulación, y, en general, cuantas circunstancias concurran en cada momento, a fin de adecuar la velocidad de su vehículo a ellas, de manera que siempre pueda detenerlo dentro de los límites de su campo de visión y ante cualquier obstáculo que pueda presentarse".

Asimismo, el artículo 49 del mismo reglamento establece que "no se deberá entorpecer la marcha normal de otro vehículo circulando sin causa justificada a velocidad anormalmente reducida". Es por ello que está totalmente prohibido circular a menos de 60 km/h en autovías y autopistas, lo cual constituye una infracción grave que puede ser sancionada con una multa de 200 euros, sin retirada de puntos en el carné de conducir.

En el caso de otras vías, el límite mínimo de velocidad es la mitad del límite máximo indicado para cada categoría de vehículos. Por ejemplo, si la velocidad máxima genérica de la vía es de 50 km/h, no se puede circular a menos de 25 km/h.

Cuáles son los casos en los cuales se puede conducir más lento

La normativa establece que los conductores deben circular respetando los límites de velocidad establecidos. Sin embargo, existen ciertas excepciones que permiten circular a una velocidad moderada y, en algunos casos, incluso detener el vehículo señalizando la maniobra correctamente.

Entre las excepciones se encuentran:

  • Cuando hay peatones en la parte de la vía que se esté utilizando o pueda preverse racionalmente su irrupción.
  • Al aproximarse a ciclos circulando, en las intersecciones y en las proximidades de vías de uso exclusivo de ciclos y de los pasos de peatones no regulados por semáforo o agentes de la circulación, así como al acercarse a mercados, centros docentes o a lugares en que sea previsible la presencia de niños.
  • Cuando hay animales en la parte de la vía que se esté utilizando o pueda preverse racionalmente su irrupción en ella.
  • En los tramos con edificios de inmediato acceso a la parte de la vía que se esté utilizando.
  • Al aproximarse a un autobús en situación de parada, principalmente si se trata de un autobús de transporte escolar.
  • Fuera de poblado al acercarse a vehículos inmovilizados en la calzada y a ciclos que circulan por ella o por su arcén.
  • Al circular por pavimento deslizante o cuando pueda salpicarse o proyectarse agua, gravilla u otras materias a los demás usuarios de la vía.
  • Al aproximarse a pasos a nivel, a glorietas e intersecciones en que no se goce de prioridad, a lugares de reducida visibilidad o a estrechamientos.
  • En el cruce con otro vehículo, cuando las circunstancias de la vía, de los vehículos o las meteorológicas o ambientales no permitan realizarlo con seguridad.
  • En caso de deslumbramiento.
  • En los casos de niebla densa, lluvia intensa, nevada o nubes de polvo o humo.