La Justicia porteña resolvió hoy rechazar una medida cautelar contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para declarar nulos los convenios suscriptos con obras sociales y prepagas a las cuales se les cedió dosis de vacunas Covid-19 para que las apliquen entre sus afiliados.

El juez Lisandro Fastman, quien subroga el juzgado n° 19 del fuero Contencioso Administrativo, rechazó la medida cautelar presentada por una abogada con el objeto de que "se declaren nulos los convenios privados suscriptos a fin de la provisión y aplicación de vacunas contra el Covid-19, por considerar que esa conducta incumple las directivas de distribución establecidas en el ‘Plan Estratégico para la Vacunación contra la Covid-19'" aprobado por el Ministerio de Salud de la Nación.

La presentación argumentaba que al ceder vacunas al sistema privado se "excluía del sistema de salud pública las dosis recibidas del Ministerio de Salud de la Nación - Estado Nacional, en favor de obras sociales y empresas de medicina prepaga".

La Ciudad de Buenos Aires reconoció semanas atrás la existencia de convenios con obras sociales y prepagas para que sean ellas las que lleven a cabo el operativo de aplicación de la vacuna entre sus afiliados mayores de 80 años.

Hay acuerdos firmados hasta hoy con 7 de ellas: Hospital Británico, Hospital Italiano, Hospital Alemán, Sanatorio Güemes (OSUTHGRA - Hominis), OSECAC, CEMIC y OSBA. Según las autoridades porteñas se trata de asociaciones que se realizan cada año para cumplir con el calendario de vacunación nacional.

Según publica el portal iJudicial, la abogada fundó su legitimación en su calidad de vecina de la Ciudad de Buenos Aires y afirmó encontrarse en la categoría "riesgo de enfermedad grave". En virtud de esto solicitó que "se suspenda de inmediato la ejecución de los convenios y/o contratos que la demandada hubiera suscripto con las instituciones privadas".

En su fundamentación el juez recordó que "el objetivo del Plan esdisminuir la morbilidad, mortalidad y el impacto socio-económico causados por la pandemia de Covid-19 en Argentina, a partir de la vacunación de la totalidad de la población objetivo en forma escalonada y progresiva, de acuerdo con la priorización de riesgo y la disponibilidad de dosis de vacunas".

Añadió que "la resolución establece que la estrategia del Plan está a cargo del Ministerio de Salud e incluye la participación intersectorial de otras carteras del gobierno nacional, las 24 jurisdicciones, a través del Consejo Federal de Salud y de las organizaciones civiles, expertos y otros sectores convocados a estos efectos".

A su vez, el juez indicó que "la actora pretende suspender cautelarmente la ejecución de una serie de convenios, a los que reputa inconstitucionales, sin aportarlos a la causa ni dar cuenta, al menos, de su real contenido, más allá de las notas periodísticas a las que se remite".

Por otro lado, subrayó que "es el propio Ministerio de Salud de la Nación quien previó la posibilidad de articular convenios con el sector privado y de la seguridad social".