Los camaristas del fuero contencioso Sergio Fernández y Carlos Grecco ratificaron que las demandas contra el DNU desregulador impulsado por el presidenteJavier Mileino se podrán tratar todas juntas como parte de un "proceso colectivo", algo que perjudica a la estrategia de los abogados del Estado englobados en la Procuración del Tesoro, encabezados por Rodolfo Barra.
Esto se dio a conocer a través de un fallo dado a conocer hoy que ratifica la decisión del titular de la Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°6, Enrique Lavié Pico, que desarmaba el proceso colectivo contra el Decreto de Necesidad y Urgencia que había dictaminado su par de la Sala N°2, Esteban Furnari.
"No se explica cuál es el gravamen que le causa al Estado Nacional que, en resguardo de los principios de jurisdicción, competencia y especialidad establecidos en las normas procesales, se preserve la intervención propia de los tribunales competentes para conocer en cada una de las vastas materias de las que se ocupa el DNU 70/2023, resolvieron.
Y añadieron: "Ello así, más allá de que pudiere corresponder a las competencias de los respectivos fueros que eventualmente intervengan, la posibilidad de tramitar procesos colectivos donde se unifiquen acciones sobre un mismo tema o cuestión".
La ruta del nuevo fallo de la Justicia
El juez Furnari fue quien tomó el primer expediente contra el Decreto 70/23 denominado "Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad y Otros", movilizada por el economista Claudio Lozano, el secretario general de la CTA Hugo 'Cachorro' Godoy y el titular de ATE Rodolfo Ariel Aguiar.
A partir de esa competencia originaria, el magistrado de la Sala N°2 del fuero contencioso buscó acaparar las demandas posteriores al registrarlo dentro de un proceso colectivo. Esto implicaba que todas las demandas de inconstitucionalidad similares que se hicieran sobre la totalidad del DNU recaerían en su despacho.
Esto era considerado como algo favorable para la Procuración del Tesoro de la Nación -el cuerpo de abogados que defiende al Estado en las causas judiciales-, dado que la unificación de los procesos evitaba que hubiera mayor cantidad de jueces para determinar sobre la constitucionalidad o no del DNU.
Sin embargo, el juez Lavié Pico desarticuló ese procedimiento mediante la habilitación de la feria judicial para analizar varios de los amparos presentados contra el decreto desregulador; entre ellos, el del Observatorio del Derecho.
El fallo conocido este miércoles, firmado por los camaristas Fernández y Grecco, indica que la decisión de Furnari aunar todas las demandas en el Registro de Procesos Colectivos fue "intempestiva, dado que el DNU aún no había entrado en vigencia [lo hizo una semana después]", por lo que "carece de los efectos propios de la certificación del proceso".
"Si bien este Tribunal concluye en la improcedencia formal de la apelación interpuesta por la parte demandada, no es posible dejar de advertir que los efectos perjudiciales para los litigantes "en tanto partes que intervienen y/o pudiesen intervenir en las causas vinculadas a las medidas adoptadas por el DNU 70/2023" no resultan en sí de la decisión de desvincular los procesos que ha sido adoptada por el Sr. Juez de feria", sostuvieron los jueces.
"En todo caso, el gravamen hubiese podido emerger de la incorrecta y apresurada decisión de imprimirle la calidad de proceso "colectivo" por parte del Sr. Juez Esteban Furnari, a pesar de la evidente ausencia de un supuesto de derechos de incidencia colectiva que se refieran a intereses individuales homogéneos", señalaron.
Los próximos desafíos del Gobierno en la Justicia
El equipo de abogados liderados por Rodolfo Barra mantiene dos frentes de batalla en los pasillos de la Justicia Federal: uno en el ámbito del fuero contencioso administrativo y otro en el juzgado laboral. En este último ámbito es en donde se dirime la validez o no del Capítulo IV del decreto desregulador, el cual contiene a la reforma laboral movilizada por Javier Milei.
El 3 de enero, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo hizo lugar a un pedido de la CGT para la aplicación de una medida cautelar que suspendiera la reforma laboral hasta tanto se analice la cuestión de fondo vinculada al análisis de constitucionalidad de la reforma realizada mediante un DNU.
Tras ese fallo, el Gobierno decidió apelar la medida judicial y pedir la incompetencia del fuero laboral en el caso, algo que hasta el momento no prosperó y no pareciera que vaya a conseguirse: el fiscal general ante las Cámaras Nacionales de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal y en lo Contencioso Administrativo Federal Fabián Canda firmó un dictamen este martes que ratifica que la Justicia Nacional del Trabajo es "competente".
Este documento rechaza un planteo legal presentado días atrás por la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, que exigió que la Justicia del Trabajo no pueda intervenir en el proceso judicial y quede todo en manos del fuero contencioso administrativo, donde la expertise y la influencia de Barra pesa fuerte.
Hay varias cautelares que ya fueron convalidadas en el fuero laboral. En tanto, el Gobierno presentará un recurso extraordinario en cada una de ellas para que la decisión sobre la validez del DNU recaiga en la Corte Suprema de Justicia, comentaron a El Cronista fuentes de la Procuración del Tesoro.
En el fuero contencioso administrativo ya tienen más de 50 pedidos de amparos por analizar. Por decir algunos, están los recursos presentados por la Federación Argentina de Municipios (FAM), presidida por el intendente de La Matanza, Fernando Espinoza, en representación de más de 500 intendentes de todo el país; y el del expresidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal Jorge Rizzo.