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La Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP), el sindicato que engloba a todas las empleadas domésticas, publicó en su página web oficial una advertencia acerca de cuánto deben cobrar las personas que trabajen un feriado.
El feriado nacional por el Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín se trasladó al lunes 15 de agosto. En tanto, muchas empleadas domésticas debieron trabajar ese día.
Según la UPACP, en "los feriados nacionales, el personal de casas particulares, como cualquier otro trabajador dependiente, no los trabaja -ni debe trabajar-; e igual, cobra el día (se lo deben pagar). No importa si el trabajador/a cumple sus tareas "por hora" o "sin retiro".
EMPLEADAS DOMÉSTICAS: ¿CUÁNTO COBRO SI TRABAJO UN FERIADO?
La entidad gremial informó acerca de los salarios en base a lo que dice el artículo 25 de la Ley 26.844.
"En el caso de trabajar por hora y el feriado ocurre en el día que habitualmente concurre a trabajar, se le abonan esas horas sin que las trabaje. Si los trabajan, deben cobrar con el 100% de recargo".
Es decir, que todas aquellas empleadas que deben cumplir con sus horas laborales durante un feriado deben cobrar el doble.
Sin embargo, es diferente cuando se trata de un día "no laborable", los cuales entran en vigencia con el objetivo de impulsar el turismo nacional. En estos casos, el empleador es el que debe elegir si se trabaja o no.
Al ser optativo, no tiene que recibir su monto correspondiente multiplicado por dos, pero sí debe recibir el dinero correspondiente, incluso, si deciden no trabajar ese día.
EMPLEADAS DOMÉSTICAS: ¿CÓMO QUEDARON LOS SUELDOS CATEGORÍA POR CATEGORÍA?
Supervisor: es la persona que está a cargo de la coordinación y el control de las tareas hechas por dos o más personas a su cargo.
- Personal con retiro: $ 437,50 por hora y $ 54.612,50 mensuales.
- Personal sin retiro: $ 479 por hora y $ 60.832 mensuales.
- Personal con retiro: $ 437,50 por hora y $ 54.612,50 mensuales
- Personal sin retiro: $ 479 por hora y $ 60.832 mensuales.
Personal para tareas específicas: en esta categoría entran los cocineros que realizan una tarea específica, que pida habilidades especiales del personal para llevarla a cabo.
- Personal con retiro: $ 414 por hora y $ 50.738 mensuales.
- Personal sin retiro: $ 454 por hora y $ 56.480 mensuales.
Caseros: en esta categoría entra el personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo.
- Sueldo: $390,50 por hora y $49.503 mensuales.
Asistencia y cuidado de personas: comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores.
- Personal con retiro: $390,50 por hora y $49.503 mensuales.
- Personal sin retiro: $437,50 por hora y $55.166 mensuales.
Personal para tareas generales: prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar.
- Personal con retiro: $362,50 por hora y $44.517,50 mensuales.
- Personal sin retiro: $390,50 por hora y $49.503 mensuales.