El Ministerio de Desarrollo Social de la Nación oficializó este viernes los lineamientos generales aplicables a los "Módulos" o "Cápitas" por persona correspondientes al Programa "Alimentar Comunidad".
A través de la Resolución 4968 y en el marco de la Emergencia Alimentaria Nacional dispuesta por el decreto del Poder Ejecutivo Nº 108/2002, la iniciativa prevé una transferencia monetaria que "permita profundizar la atención en el menor tiempo posible".
"Apruebase el Modelo de Solicitud de Incorporación al Programa, el Modelo de Informe de Módulos y Beneficiarios, el Modelo de Declaración Jurada de Aplicación de Fondos y la Planilla de Registro de Compras en Comercios No Conveniados", señala la normativa publicada en la edición del Boletín Oficial.
Así, en base a la especificación que se desprende del primero de los cuatro documentos anexos, el programa apuntará a ejecutar "todos mecanismos, orientaciones y protocolos para que la ayuda social prestada a través de comedores, residencias u otros dispositivos se brinde de conformidad con las recomendaciones de la autoridad sanitaria".
"Esta prestación, será llevada adelante en el marco de las distintas Políticas Públicas ejecutadas por programas locales, provinciales y nacionales para promover la alimentación saludable, teniendo como fin último fortalecer la tarea llevada adelante por los comedores y merenderos comunitarios, reemplazando el "Módulo de Fortalecimiento" compuesto por alimentos secos que recibían mensualmente por parte de este Ministerio", amplía el texto.
Alimentar Comunidad, ¿cuándo se activa el cobro del nuevo programa del Ministerio de Desarrollo Social?
La prestación a cargo de la cartera nacional correspondiente al programa Alimentar Comunidad se ejecutará en el marco de las distintas Políticas Públicas ejecutadas por esquemas locales, provinciales y nacionales.
Dentro de la línea programática, la iniciativa incluirá una "Prueba Piloto" inicial, durante un plazo máximo de ocho (8) meses, dentro de los cuales se realizarán las evaluaciones y diagnósticos necesarios que permitan optimizar los logros estipulados.
Alimentar Comunidad, ¿de cuánto es el cobro próximo a activarse?
A los fines de determinar el valor inicial del módulo complementario o cápita por servicio, el Ministerio de Desarrollo Social tomará como referencia el monto vinculado al Programa de Abordaje Comunitario del Plan Nacional Argentina Contra el Hambre en el marco del PNUD, con características similares.
Así, de acuerdo a la última actualización con vigencia a partir del 1 de febrero del 2023, la suma asciende a:
- Almuerzo - Cena: $170,90
- Desayuno - Merienda: $86
- Desayuno - Merienda Reforzado: $98
Nueva tarjeta del programa Prestación Alimentar Comunidad: quiénes podrán acceder a los plásticos
La prestación Alimentar Comunidad será adjudicada a cada uno de los comedores, merenderos de organizaciones sociales y comunitarias que cumplan con los requisitos solicitados para tal fin y que cuenten con capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, inscriptos en el Registro Nacional de Comedores y Merenderos (RENACOM) e incorporados al programa.