La erapos-Glasgow ha llegado y comienzan a surgir agendas denominadas "negativas" por el sector fabricante productivo, siendo en honor a la verdad, herramientas ambientales que aplican ecotasas a las actividades económicas que nunca han pensado o atisbado, en invertir recursos para recuperar sus envases volcados al mercado, desentendiéndose de la responsabilidad socio-ambiental.
Empresas fabricantes de productos que hayan sido responsables con sus envases, invirtiendo capital en desarrollar sistemas de depósito, recuperación y reutilización de sus envases, siempre han sido catalogadas de pioneras, pero nunca fueron premiadas ni promocionadas.
En el Congreso de la Nación Argentina, se encuentra presentado un proyecto de ley que está siendo cuestionado por sectores de la política liberal y de las empresas que nunca han prestado atención al medio ambiente ni a la sociedad que lo compone.
La mala prensa, está atacando este proyecto de ley, sin profundizar en su articulado, solo mencionan que se creará un impuesto del 3% sobre todos los productos fabricados, que eso equivale a pagar un "IVA del 24%", nada más alejado del espíritu y verdad del proyecto de ley.
Si leemos detenidamente el artículo 2° (Objetivos), en su apartado b) expresa: "Reducir la cantidad de envases que se introducen en el mercado, que no seanreutilizables o reciclables, minimizar la disposición final de envases post-consumo y priorizar la reutilización, el reciclado y otras formas de valorización".
El objetivo expresado en el proyecto de ley nacional, no es recaudar o aplicar más impuestos, es reducir la cantidad de envases (exigiendo un desarrollo tecnológico o marcando las inversiones que la industria debe comenzar a realizar para colaborar con este objetivo ambiental ineludible).
Todas aquellas empresas o actividades económicas que ya vengan invirtiendo en sistemas de depósito, recuperación o reutilización de sus envases (packaging), no están alcanzadas por la ecotasa, puesto que ya lo vienen haciendo desde sus propios recursos, sin necesidad de que exista una obligación jurídica de cumplirlo (voluntario ambiental).
Por lo tanto estas empresas que certifiquen y/o demuestren dichos procesos de ciclado, estarán con una ventaja de 3 puntos porcentuales sobre el resto, es decir son promocionadas y/o beneficiadas por su conducta ambiental y responsabilidad social, mucho antes de Glasgow.
Hay ejemplos de Pymes regionales, que comenzaron con desarrollos del tipo logística inversa en sus nuevos productos (Pampa y Cielo SAS, Charata - Chaco, Fabricante y Distribuidora de fitosanitarios), iniciando su integración vertical hacia atrás, con la planificación del I+D y la inversión económica, en el recupero de los envases, y no en la mayor rentabilidad por reducción del número de contratos intermedios.
Fabricantes de bebidas que vienen utilizando envases retornables, están trabajando en completar todos sus productos con esta característica, desterrar los envases plásticos de un solo uso, por el vidrio u otro material retornable, con inversión en procesos de embotellamiento, logística y campañas de marketing. Esas empresas no serán alcanzadas por esta ley, serán beneficiadas.
Esta ley alcanza a las empresas y actividades económicas que nunca han pensado en recuperar, invertir en logística inversa, construir depósitos o desarrollar procesos de ciclado de sus envases; no aplica un impuestazo como algunos malintencionados quieren presentar a lectores distraídos.
Es decir, esta legislación nacional aplica una ecotasa a las empresas, por no pensar en lo que nos rodea y pasar la responsabilidad -según conducta o cultura- al consumidor y al estado municipal, quienes cargan con la responsabilidad de darle una disposición final ambientalmente sustentable.
Esta ley en su artículo 9° desarrolla el párrafo arriba descripto, dónde los productores de estos envases deberán afrontar el pago de la ecotasa del 3% debido a que deben utilizar los sistemas locales y/o regionales de recuperación, tratamiento y/o disposición final de sus envases enviados al mercado.
Si lo analizamos desde el punto de vista ambiental, toda empresa que es responsable con su actividad productiva (recuperando sus envases), no es alcanzada por esta ley, siendo una norma neutra para su estructura de costos y le permite contar con una ventaja impositiva del 3% respecto de un competidor no comprometido con las buenas prácticas de gestión de envases utilizados.
Discutir o tratar de embarrar la cancha, con tintes políticos, no suma ni construye, solamente confunde y retrasa. Ya no queda tiempo para estas miradas, sólo el necesario para combatir el cambio climático.