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Aunque los inquilinos cumplan con el pago puntual del alquiler y los servicios, la Ley 820 de 2003 establece que deben respetar todas las reglas del contrato y de la legislación vigente. No hacerlo puede derivar en un desalojo legal, un aspecto poco conocido pero fundamental para quienes habitan viviendas en arriendo.

Conocer las normas que rigen los contratos de arrendamiento es clave para evitar conflictos y asegurar una convivencia pacífica entre arrendadores y arrendatarios.

Además, la ley contempla causales específicas para que el propietario termine el contrato de manera unilateral, incluso si el pago se realiza sin inconvenientes.

Ley de Alquileres: qué establece la Ley 820 de 2003 sobre los contratos de arrendamiento

La Ley 820 de 2003 regula los contratos de arrendamiento de inmuebles urbanos destinados a vivienda donde su objetivo principal es garantizar el derecho a una vivienda digna y proteger la función social de la propiedad en Colombia. Según esta norma, los inquilinos deben cumplir no solo con el pago puntual del arriendo, sino también con todas las obligaciones estipuladas en el contrato y la ley.

La Ley 820 de 2003 regula los contratos de arrendamiento y establece causales para la terminación del contrato más allá del pago puntual del alquiler. (Fuente: Archivo)
La Ley 820 de 2003 regula los contratos de arrendamiento y establece causales para la terminación del contrato más allá del pago puntual del alquiler. (Fuente: Archivo)

El incumplimiento de alguna de estas reglas, aunque no esté relacionado con el pago, puede derivar en la terminación del contrato por parte del arrendador. Por ejemplo, conflictos con vecinos, daños a la propiedad o conductas que alteren la tranquilidad del inmueble son causales válidas para pedir el desalojo.

Subarrendar sin permiso: una causa común de desalojo legal

Una de las causas menos conocidas pero frecuentes para que un arrendador solicite el desalojo es el subarriendo sin autorización expresa. La Ley 820 establece en su artículo 22 que el subarriendo total o parcial, la cesión del contrato o el cambio de uso del inmueble sin permiso del propietario son motivos suficientes para terminar el contrato de manera unilateral.

El subarriendo sin autorización expresa del arrendador puede ser motivo legal para la finalización anticipada del contrato de arrendamiento. (Fuente: Archivo)
El subarriendo sin autorización expresa del arrendador puede ser motivo legal para la finalización anticipada del contrato de arrendamiento. (Fuente: Archivo)

Esto significa que, aunque el inquilino pague el alquiler puntual y todos los servicios, si decide alquilar la vivienda o parte de ella a terceros sin el consentimiento del arrendador, puede ser desalojado legalmente. Solo con autorización explícita del propietario, esta práctica es válida y permitida dentro del marco legal.