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La reforma pensional del gobierno de Gustavo Petro sigue en pausa. La Corte Constitucional halló vicios de trámite y ordenó a la Cámara repetir el último debate, que se realizó a finales de junio. Desde entonces, el fallo final no ha salido y la entrada en vigor quedó suspendida. Esta demora mantiene en suspenso a millones de afiliados que esperan certezas sobre el nuevo esquema.

Por ahora rige la Ley 100 de 1993 y los afiliados deben tramitar todo bajo esas reglas. Mientras tanto, el Gobierno alista la reglamentación pendiente para operar el sistema por pilares. Sin esos instrumentos jurídicos y técnicos, incluso con el aval de la Corte, la reforma no podría aplicarse de inmediato.

La fecha clave de la Corte Constitucional

Se espera que el 14 de octubre de 2025, la Corte defina laexequibilidad de la ley, según reveló Fabio Arias, presidente de la CUT, en una columna de opinión. La expectativa crece porque ese fallo marcará el inicio real de la transformación pensional.

Todavía rige la Ley 100 de 1993 y los afiliados deben cumplir con esa normativa. (Fuente: archivo)
Todavía rige la Ley 100 de 1993 y los afiliados deben cumplir con esa normativa. (Fuente: archivo)

Si el tribunal avala la norma, el arranque debe ser ordenado. Gremios y operadores advierten que la implementación debe comenzar el primer día de mes para evitar cotizaciones partidas. También piden que se otorgue un margen técnico de al menos dos meses, lo que permitiría ajustar sistemas y reprocesar cambios poblacionales ocurridos desde julio.

Qué falta para implementar la reforma pensional

Quedan llaves por girar. Falta formalizar el contrato con el Banco de la República para administrar el Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo (FAPC), una figura creada en los decretos de 2025. El Emisor reiteró su disposición a cumplir ese rol, pero la suspensión frenó los actos administrativos clave y dejó en espera su entrada en funcionamiento.

También se requieren directrices completas para el pago de rentas vitalicias del pilar semicontributivo y para la ruta de transferencias entre cuentas del sistema. Aunque algunos lineamientos existen, su ejecución está atada al pronunciamiento definitivo del alto tribunal.

Asofondos pide tiempos y la Corte ya tiene las actas

Los fondos privados avanzaron en procesos internos y han pedido un plazo técnico mínimo de dos meses. Argumentan que solo así podrán reprocesar los cambios poblacionales desde julio y evitar errores en la operación. Además, insisten en que el arranque debe ser el primer día de un mes para mantener la coherencia de las cotizaciones.

Del lado judicial, la Cámara envió a la Corte las actas de las sesiones del 27 y 28 de junio, un requisito indispensable para que continúe la revisión. El despacho recibió la documentación el 19 de septiembre, mientras persisten reparos políticos sobre quórums y votaciones. Estos elementos también serán evaluados por los magistrados en la decisión final.