La Corte Suprema de EE.UU. declaró este viernes que el Gobierno estadounidense se extralimitó en los poderes de emergencia invocados por el presidente Donald Trump para imponer gran parte de sus gravámenes a los socios comerciales del país norteamericano, en un duro revés a su política arancelaria.
Con una mayoría clara de 6-3, el Tribunal, dominado por conservadores, dio así uno de los primeros grandes reveses a Trump en su segundo mandato, un giro en la tendencia hasta ahora favorable al mandatario en otros temas clave de su agenda.
El Gobierno de Colombia espera un “impacto positivo” para los exportadores
Poco después de que se conociera la noticia, el Gobierno de Colombia celebró la decisión. La ministra de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT), Diana Morales, expresó en X (ex Twitter): “Esta determinación impacta positivamente a los exportadores colombianos que aún estaban sujetos al arancel del 10%. Aproximadamente, el 29% de nuestras exportaciones hacia ese mercado se encontraban afectadas por estas medidas, lo que implicaba costos adicionales y distorsiones en las condiciones de acceso”.
Para la ministra, esta decisión significa “condiciones más equilibradas de acceso, y abre oportunidades concretas para proteger el empleo, consolidar sectores productivos y recuperar el dinamismo exportador en un entorno internacional aún exigente”. Su ministerio ahora realizará un análisis jurídico y comercial “con rigor” para acompañar a las industrias que se habían visto afectadas.
La decisión de la Corte Suprema de EE.UU. explicada
La Corte Suprema determinó que la Administración abusó de la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA) de 1977 al utilizarla como base para imponer gran parte de lo aranceles aplicados desde el pasado abril, al entender que esa legislación no faculta al presidente a crear nuevos gravámenes en tiempos de paz.
El alto tribunal sostiene que los aranceles son un tipo de impuesto y que la Constitución reserva al Congreso las decisiones centrales sobre tributos.
¿Qué cambia con esta decisión?
El fallo cierra la puerta a que el presidente utilice la IEEPA para imponer aranceles amplios y de carácter general con el argumento de una emergencia económica nacional, restringiendo este instrumento a usos tradicionales como sanciones financieras o bloqueo de bienes.
Por otra parte, la sentencia no impide que Trump recurra a otros marcos legales ya existentes para fijar gravámenes, como las disposiciones sobre seguridad nacional o medidas de represalia frente a prácticas comerciales desleales.
¿Qué aranceles están afectados y cuáles no?
La sentencia invalida los llamados “aranceles recíprocos” y otros gravámenes generalizados que Trump impuso amparándose en la IEEPA sobre casi todos los socios comerciales de Estados Unidos, con un tipo mínimo del 10%. Se incluyen las decisiones del republicano de aumentar hasta un 50 % los aranceles a Brasil y la India como represalia por el enjuiciamiento a su aliado, el expresidente brasileño Jair Bolsonaro, y la compra de crudo ruso, respectivamente.
La medida también alcanza el arancel del 25% aplicado a ciertas importaciones procedentes de Canadá y México y del 10% a China que la Casa Blanca vinculó a la falta de esfuerzos suficientes contra el tráfico de fentanilo y otras drogas. Sin embargo, no se verán afectados los aranceles sobre el acero, el aluminio ni otros gravámenes adoptados bajo leyes comerciales y de seguridad distintas de la IEEPA.