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Los conductores en Colombia deben cumplir las reglas establecidas en el Código Nacional de Tránsito para circular por las vías del país. Entre las conductas sancionadas se encuentra la manipulación de teléfonos y otros sistemas móviles de comunicación mientras se conduce, salvo cuando se utilizan accesorios o equipos que permitan mantener las manos libres.

De acuerdo con el Código Nacional de Tránsito y la Secretaría Distrital de Movilidad, el uso directo del celular mientras se maneja constituye la infracción C.38 y genera un comparendo. Además, la reincidencia en la misma norma dentro de un período no superior a un año puede llevar a la suspensión de la licencia durante seis meses.

¿Qué dice el Código Nacional de Tránsito sobre usar el celular?

El artículo 131 de la Ley 769 de 2002 incluye en la infracción C.38 el uso de sistemas móviles de comunicación o teléfonos instalados en los vehículos mientras se conduce. La excepción está dada por los dispositivos o accesorios que permitan utilizar estos equipos con las manos libres.

La Secretaría Distrital de Movilidad aclara que la prohibición comprende la manipulación directa del dispositivo con las manos. Incluso aplica cuando el vehículo se encuentra momentáneamente detenido, por ejemplo, esperando en un semáforo o durante un trancón.

Para 2026, esta conducta corresponde a una multa de 15 salarios mínimos legales diarios vigentes, que equivalen a $633.232, según la información publicada por la autoridad de movilidad de Bogotá.

¿Cuándo pueden suspender la licencia por usar el celular?

El artículo 26 del Código Nacional de Tránsito establece que la licencia de conducción se suspende durante seis meses cuando una persona reincide en la violación de la misma norma de tránsito dentro de un período no superior a un año.

Esto significa que una primera infracción por utilizar el celular mientras se conduce no genera automáticamente una suspensión de seis meses. Para que opere esta causal, debe existir una nueva violación de la misma norma dentro del período establecido.

Por lo tanto, si un conductor recibe un comparendo por la infracción C.38 y posteriormente vuelve a incurrir en esa misma conducta dentro del año siguiente, puede quedar sujeto a la suspensión de su licencia por seis meses.

La manipulación directa del teléfono puede generar un comparendo para el conductor. Imagen creada con IA

¿Usar el celular implica que cancelarán la licencia?

No. Suspender y cancelar la licencia son sanciones diferentes dentro del Código Nacional de Tránsito. La suspensión supone que el conductor queda temporalmente impedido para conducir durante el período establecido por la autoridad.

El artículo 26 contempla la cancelación para causales específicas, entre ellas una decisión judicial, la muerte del titular, una imposibilidad permanente física o mental para conducir y determinadas situaciones de reincidencia relacionadas con conducir bajo los efectos del alcohol o sustancias alucinógenas.

Por eso, no es correcto afirmar que cualquier persona sorprendida usando el celular perderá definitivamente su licencia. En este caso, la consecuencia prevista por reincidir en la misma infracción es una suspensión temporal de seis meses.

¿Cómo pueden usar el celular los conductores?

La legislación permite utilizar sistemas móviles durante la conducción cuando se emplean accesorios o equipos auxiliares que permitan mantener las manos libres. La excepción busca evitar que el conductor tenga que manipular directamente el teléfono mientras está al volante.

En consecuencia, acciones como sostener el celular con la mano para hablar, escribir mensajes, revisar contenido o manipularlo mientras se conduce pueden dar lugar a la infracción C.38.

Además de la consecuencia económica, la reincidencia adquiere especial importancia porque puede activar la causal de suspensión prevista en el artículo 26. El documento deberá ser entregado a la autoridad de tránsito durante el período en que permanezca suspendida la licencia.