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A medida que se acerca la fecha límite para cumplir con uno de los requisitos más importantes del Servicio de Administración Tributaria (SAT), miles de contribuyentes han comenzado a preguntarse qué sucede si no realizan a tiempo uno de los trámites más importantes: la activación del Buzón Tributario.

Este canal de comunicación entre los contribuyentes y el SAT, cuyo objetivo principal es facilitar la notificación de actos administrativos y envío de mensajes de manera ágil y segura

Aunque muchos ya conocen las multas económicas que se implementan, existe otra sanción que podría resultar aún más complicada para quienes emiten facturas. El organismo recaudador, en este sentido, ha recordado que no basta sólo con habilitar esta función sino que también es necesario asegurarse de que los medios de contacto registrados sean auténticos y correctos.

Si bien no es una medida nueva ni sorpresiva, en el último tiempo ha tomado relevancia ya que el plazo final se acerca y el impacto puede ser mayor de lo que la mayoría imagina. Checa todos los detalles al respecto.

Multas del SAT y Buzón Tributario: ¿cuál es la sanción que pueden aplicar?

De acuerdo con el Código Fiscal, las personas que no habiliten su Buzón Tributario antes del 31 de diciembre de 2025 podrían ser acreedores de una multa que va de 3,850 a 11,540 pesos. Sin embargo, el SAT puede imponer otras sanciones, como la restricción temporal del Certificado de Sello Digital, un documento que sirve para sellar facturas y validar operaciones fiscales.

El SAT mantiene actualizadas las sanciones que puede aplicar a los contribuyentes que no activen su Buzón Tributario. (Foto: Archivo).
El SAT mantiene actualizadas las sanciones que puede aplicar a los contribuyentes que no activen su Buzón Tributario. (Foto: Archivo).

Si el contribuyente no presenta una aclaración cuando su Certificado de Sello Digital es restringido, el SAT puede dejarlo sin validez en un plazo de 40 días hábiles. Estas aclaraciones deben realizarse dentro del horario establecido: hasta las 16:00 horas de lunes a jueves y hasta las 14:00 horas los viernes. No cumplir con este proceso puede derivar en la imposibilidad total de facturar.

Certificado de Sello Digital y requisitos del SAT: lo que debes revisar

El Certificado de Sello Digital está vinculado a la e.firma, y puede generarse siempre que esta se encuentre vigente. En el caso de las personas morales, existe la opción de tramitar un certificado general o uno por cada sucursal o establecimiento donde se emitan facturas. Esto permite controlar mejor los procesos internos y evitar bloqueos mayores.

Para habilitar el Buzón Tributario, las personas físicas necesitan una contraseña, un teléfono y hasta cinco correos electrónicos válidos. Entre los beneficios del Buzón se encuentran recibir notificaciones oficiales, corregir información de forma segura y agilizar trámites sin acudir a oficinas. Y para quienes aún tengan dudas, el SAT ofrece atención en el 55 6272 2728, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 18:00 horas.