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El crecimiento exponencial en el uso de tarjetas de crédito en México llevó a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) a emitir una alerta crucial para los consumidores.
La institución identificó prácticas contractuales abusivas que podrían poner en riesgo el patrimonio de los usuarios, instando a rechazar cualquier tarjeta de crédito que contenga estas cláusulas perjudiciales.

Las 8 cláusulas abusivas que Condusef considera inaceptables
El organismo público identificó como cláusulas abusivas, y por tanto inaceptables en los contratos de adhesión, las siguientes prácticas empleadas por algunas entidades financieras:
Cargos automáticos sin sustento contractual. Inclusión de cobros unilaterales que carecen de justificación o causa legal específica en el contrato.
Cobros por deudas vencidas sin precisión. Aplicación de cargos por adeudos en mora sin que se especifique con claridad el monto, concepto y fecha de exigibilidad correspondiente.
Autorización permanente e irrevocable. Inclusión de cláusulas que otorgan a la institución una autorización indefinida e irreversible para realizar cargos, sin posibilidad de revocación por parte del usuario.
Permiso para afectar cuentas ajenas. Facultades contractuales otorgadas a la institución para efectuar cargos en cuentas de nómina o depósitos del usuario, incluyendo aquellas domiciliadas en otras instituciones financieras.
Notificación obligatoria para pagos anticipados. Imposición de requisitos que condicionan el pago anticipado del crédito a una notificación previa del usuario, limitando su derecho a liquidar la deuda de forma anticipada.
Aplicación discrecional de pagos anticipados. Facultades otorgadas a la entidad para decidir, de manera unilateral, la forma en que se aplicarán los pagos anticipados realizados por el acreditado.
Restricción de acceso a cuentas propias. Limitaciones impuestas al usuario para disponer de recursos en otras cuentas abiertas en la misma institución, mientras se mantenga vigente la obligación crediticia.
Condicionamiento del pago mediante cheque. Cláusulas que estipulan que los pagos efectuados con cheque solo se considerarán cumplidos hasta que la institución los acepte como válidos, dejando en incertidumbre el momento del cumplimiento de la obligación.

Qué hacer si detectas estas cláusulas en tu contrato
Condusef reconoce que muchos usuarios desconocen estas condiciones debido a que suelen redactarse en términos técnicos dentro de contratos extensos. La recomendación es clara: leer cuidadosamente todos los términos del acuerdo antes de firmar.
Si identificas alguna de estas disposiciones abusivas, puedes presentar una queja formal a través de:
- El portal oficial de Condusef
- El Centro de Contacto y Atención por Medios Remotos (CCAMER): 55 5340 0999
Protección del consumidor: el objetivo principal
El propósito de estas advertencias es proteger a los consumidores de México, garantizando que los servicios financieros sean transparentes, justos y no representen desventajas para quienes los utilizan de buena fe.
La Condusef enfatiza la importancia de usar responsablemente estos productos financieros para evitar que los intereses y costos adicionales afecten negativamente el patrimonio personal.
La recomendación final es contundente: rechaza cualquier tarjeta de crédito que contenga estas cláusulas abusivas y busca alternativas que ofrezcan términos más justos y transparentes.














