El Instituto de Vivienda de la Ciudad de México, INVI, suspendió desde el 29 de julio todos sus trámites administrativos y el cierre continuará por más días durante agosto. Esta medida está generando demoras y confusiones entre ciudadanos, por lo que acá te lo aclaramos todo.
Según lo publicado en la Gaceta Oficial, la suspensión del Instituto de Vivivienda se extenderá hasta el 8 de agosto de 2025. El director Inti Muñoz Santini justificó la medida como necesaria para brindar "certeza y seguridad jurídica".
El acuerdo incluye la interrupción de recepción de documentos, notificaciones, resoluciones, recursos legales y todo procedimiento que afecte la esfera jurídica de los ciudadanos. "No deberán contarse como hábiles los días citados", establece el documento oficial, en referencia a los nueve días de suspensión.
A pesar del paro temporal, el Instituto asegura que se mantendrá la atención a reuniones ya agendadas y que no se verán afectadas las diligencias en viviendas de alto riesgo, según lo estipulado en el acuerdo. Todos los procedimientos iniciados durante estos días se reanudarán automáticamente al primer día hábil posterior.
¿Cuándo vuelven a funcionar los trámites del Instituto de Vivienda?
El Instituto declaró inhábiles los días 29, 30 y 31 de julio, así como el 1, 4, 5, 6, 7 y 8 de agosto de 2025, lo que implica una suspensión total de términos administrativos. Todos los trámites afectados retomarán su curso a partir del 9 de agosto, primer día hábil posterior al cierre.
"Todos los procedimientos señalados en el artículo 1 de la Ley de Procedimiento Administrativo no se verían afectados", indicó el Gobierno de la Ciudad de México en la Gacetilla Oficial.
¿Qué trámites quedan suspendidos y cuáles se mantienen?
Entre los servicios detenidos están la recepción de documentos, notificaciones, resoluciones, recursos y solicitudes. Sin embargo, el acuerdo excluye las diligencias urgentes en viviendas de alto riesgo, así como la participación del Instituto en órganos colegiados o sesiones previamente convocadas.
¿Qué pasa si el plazo de mi trámite vencía en los días suspendidos?
El acuerdo aclara que cualquier trámite iniciado en días inhábiles surtirá efectos hasta el siguiente día hábil.
En caso de que un plazo venciera durante los días suspendidos, se considerará prorrogado automáticamente. El Instituto de Vivienda de la Ciudad de México insiste en que esta suspensión busca ordenar y garantizar certeza legal en los procesos administrativos.
Lo que debes saber del cierre temporal del Instituto de Vivienda
El Instituto de Vivienda suspendió sus trámites por nueve días hábiles. Si tienes que hacer trámites durante los siguientes días, estas son las claves para entender cómo te afecta y cuándo se reanuda el servicio.
- Fechas de suspensión: del 29 de julio al 8 de agosto de 2025, con reapertura el 9 del mismo mes.
- Trámites detenidos: recepción de documentos, notificaciones, resoluciones, recursos e impugnaciones.
- Efectos legales: los días suspendidos no cuentan en plazos legales o administrativos.
- Excepciones: solo se atienden diligencias urgentes en viviendas en alto riesgo y sesiones colegiadas.
- Reanudación: todos los trámites se retoman el 9 de agosto, primer día hábil posterior.
- Plazos vencidos: si el vencimiento cae en los días suspendidos, se prorroga al día hábil siguiente.