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Los feriados suelen coincidir con fechas festivas y tienen por objeto que los trabajadores celebren, con entera libertad, las festividades cívicas o religiosas que se conmemoran en esas ocasiones. Estos suelen ser considerados por el calendario nacional como días de descanso obligatorio, por lo que no se presta servicio.

Los días de descanso obligatorio se encuentran señalados en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo con vigencia en todo el territorio de México. En total se dictan ocho feriados con excepción en años electorales cuando se agrega un feriado el día correspondiente a los comicios.

¿Se debe trabajar en días feriados?

La LFT debe ser cumplida por todos los empleadores, es decir que deben otorgar franco a sus empleados. Para estas fechas especiales, en primera instancia los trabajadores y los patrones deberán determinar la cantidad de personal que debe prestar sus servicios.

Confirmado estos serán los 8 feriados confirmados para el 2026

En ese caso los trabajadores convocados quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado. Se les deberá de cubrir el salario diario normal más el doble, es decir el triple.

Cuándo serán los feriados del 2026

Los días de descanso obligatorio se encuentran señalados en el artículo 74 de la LFT, que son:

  • El 1o. de enero
  • El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
  • El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
  • El 1o. de mayo
  • El 16 de septiembre
  • El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
  • El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
  • El 25 de diciembre.

Además del que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.