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En uno de sus más recientes plenarios, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó el desechamiento de una demanda de amparo presentada por habitantes de Mahahual, Quintana Roo, contra modificaciones de uso de suelo vinculadas con un megaproyecto en una superficie de 107.67 hectáreas.

Fue así como la Suprema Corte determinó este 21 de octubre que no era posible concluir, en una revisión preliminar, que la demanda se hubiera presentado fuera del plazo legal. Por ello, ordenó al Juzgado Primero de Distrito en Quintana Roo revisar de nuevo el caso y pronunciarse nuevamente sobre su admisión, sin determinar todavía si las modificaciones impugnadas son legales o si existen afectaciones ambientales.

Ministro Irving Espinosa Betanzo y la ministra Sara Irene Herreíras Guerera de la SCJN en el Pleno sobre la Queja 25/2026.
Ministro Irving Espinosa Betanzo y la ministra Sara Irene Herreíras Guerera de la SCJN en el Pleno sobre la Queja 25/2026.SCJN

La ordenó que emitió la Suprema Corte sobre el amparo en Mahahual

Al resolver la queja 25/2026, la SCJN reiteró que el desechamiento de una demanda de amparo es una medida excepcional que solo procede cuando existe una causa “manifiesta e indudable de improcedencia”. En este caso, consideró que no había elementos suficientes para descartar el juicio desde su presentación.

El Tribunal explicó que los actos impugnados forman parte de un “procedimiento administrativo complejo”, integrado por distintas etapas. Por esta razón, señaló que era necesario contar con más información para determinar la naturaleza de los actos reclamados, cuándo produjeron efectos y desde qué fecha debía calcularse el plazo para presentar el amparo.

Con esta resolución, la Suprema Corte revocó el acuerdo que había rechazado la demanda y ordenó al juzgado de distrito revisar nuevamente si corresponde admitirla, siempre que no encuentre otra causa “manifiesta e indudable de improcedencia”. El fallo se resolvió en sesión del Pleno el 21 de octubre de 2026.

Según el comunicado, cuestiones como los daños ambientales denunciados deberán analizarse durante el procedimiento judicial correspondiente, en caso de que este continúe.

Fallo de la SCJN  sobre el amparo promovido por habitnates de Mahahual, Quinta Roo, por supuestos daños de usos de suelos.
Fallo de la SCJN sobre el amparo promovido por habitnates de Mahahual, Quinta Roo, por supuestos daños de usos de suelos.SCJN

¿Cómo se originó el caso y qué sigue tras el fallo de la SCJN?

El conflicto comenzó cuando habitantes de Mahahual impugnaron la modificación del Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Mahahual 2021-2050. Las personas promoventes señalaron posibles afectaciones ambientales, la falta de participación ciudadana y riesgos para el abastecimiento de agua potable y el tratamiento de aguas residuales relacionados con el megaproyecto previsto en la zona.

Inicialmente, un juzgado de distrito desechó la demanda al considerar que había sido presentada fuera del plazo legal. Para ello, tomó como referencia la fecha de publicación del acuerdo correspondiente en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo. Los habitantes inconformes recurrieron esa decisión, lo que llevó el asunto ante el Pleno de la Suprema Corte.

Tras la revocación, el Juzgado Primero de Distrito en Quintana Roo deberá pronunciarse nuevamente sobre la admisión del amparo. Para ello, tendrá que valorar si existe alguna causa manifiesta e indudable que impida tramitarlo, sin que la resolución de la SCJN adelante el resultado del análisis de fondo.

Por tanto, el fallo abre la posibilidad de que la demanda sea revisada nuevamente. El proceso deberá seguir en el juzgado para que se resuelva la controversia sobre el programa urbano, la legalidad de las modificaciones de uso de suelo ni los riesgos ambientales y de abastecimiento de agua señalados por los habitantes de Mahahual.