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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) estableció un límite de ingresos para poder cobrar la Pensión No Contributiva por Discapacidad.

Según la Ley 27.793, quienes perciban ingresos superiores a dos salarios mínimos, vitales y móviles, por su actividad laboral o inscripción en los regímenes, se les suspenderá la prestación.

Este monto se calcula sobre los ingresos de la propia persona y no los del grupo familiar.

¿Cuál es el ingreso máximo para cobrar la pensión por discapacidad?

En octubre de 2026, el salario mínimo, vital y móvil es de $ 391.200 para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa.

Por lo tanto, se les suspenderá la pensión por discapacidad a quienes perciban $ 782.400 mensuales (el equivalente a dos salarios mínimos).

Este límite se actualiza de acuerdo con los cambios del salario mínimo. Desde noviembre de 2026, el SMVM está fijado en $ 398.800, por lo que el equivalente a dos salarios mínimos será de $ 797.600.

Pensión de ANSES.Freepik

¿Qué pasa si el beneficiario supera el límite de ingresos?

El artículo 7 de la Ley 27.793 establece que la pensión es compatible con un vínculo laboral formal o con la inscripción en los regímenes general o simplificado, siempre que se respeten estos límites previstos.

Si los ingresos superan los dos salarios mínimos, se aplica la suspensión automática de la pensión mientras dure esa situación.

Si finaliza el vínculo laboral o los ingresos vuelven a ubicarse por debajo del límite, la persona puede solicitar la rehabilitación inmediata del beneficio.

¿Cuáles son los requisitos para cobrar la pensión por discapacidad?

La Ley 27.793 establece que las personas solicitantes deben cumplir las siguientes condiciones:

  • Contar con el Certificado Único de Discapacidad (CUD).
  • Acreditar identidad, edad y nacionalidad mediante el DNI.
  • Ser argentino nativo, por opción o naturalizado. Las personas extranjeras deben acreditar cinco años de residencia legal continuada en el país antes de solicitar el beneficio.
  • No percibir ingresos económicos netos iguales o superiores a dos salarios mínimos, vitales y móviles.
  • No estar amparadas por un régimen previsional, retiro permanente o pensión contributiva o no contributiva.
  • Aprobar la evaluación socioeconómica de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS). Si la persona es propietaria de una vivienda, debe acreditar que se trata de su vivienda única familiar.