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En medio de un contexto económico complejo, el Gobierno de la provincia de Santiago del Estero informó que adelantará la primera parte del bono de fin de año y se cobrará con motivo de la celebración del Día de la Madre.

En este aspecto, los empleados estatales de la provincia accederán al cobro extra de un bono de $ 700.000 que se pagará por el Día de la Madre, pero que corresponde a la mitad del extra correspondiente a fin de año. Esto, por su parte, se logró a través de un pedido de la Mesa de Diálogo y Trabajo.

Quiénes podrán acceder al bono de $ 700.000

El bono especial que se emitirá por el Día de la Madre de $ 700.000, y que corresponde a la primera parte del bono de fin de año, se encuentra destinado para los empleados estatales de la provincia de Santiago del Estero.

En tanto, el plus se entregará este viernes 17 de octubre y no el 21, como estaba estipulado. Del mismo modo, este bono especial se enmarca dentro de las políticas que lleva a cabo el gobierno provincial para mantener equilibrado el poder adquisitivo de los trabajadores de la administración pública.

Asimismo, desde la gobernación de Santiago del Estero informaron que la segunda parte de la remuneración no contributiva se pagará el próximo 18 de noviembre, mientras que la tercera y última cuota será entregada el día 23 de diciembre como parte del bono extraordinario de fin de año.

Prestación por Desempleo de ANSES: qué se necesita para acceder

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) informó que durante el mes de octubre, aquellas personas que se encuentren sin trabajo o que fueron despedidas de manera reciente podrán solicitar la Prestación por Desempleo.

Esta ayuda social que distribuye la ANSES está orientada para acompañar a las personas que perdieron su empleo sin una causa justa o por la finalización del contrato.

En este sentido, para solicitar la prestación social se deberá presentar alguno de los siguientes comprobantes que certifiquen el cese de la relación laboral:

  • Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada del empleador.
  • Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
  • Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.
  • No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
  • Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta de defunción.
  • En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.