El FMI considera que el lavado de activos representa entre el 3% y el 5% del Producto Bruto Interno Global, cuyo monto anual estimado asciende al menos a u$s 600 mil millones y provee de suficiente energía para permitir a las empresas criminales transnacionales realizar y expandir sus operaciones en detrimento de la seguridad mundial.
Desde el punto de vista orgánico-funcional, la criminalidad organizada y el terrorismo comparten algunos rasgos de importancia que resultan claves a los fines de las tareas de prevención y eliminación de este tipo de actividades.
Los avances tecnológicos aplicados a las comunicaciones electrónicas, el transporte de mercancías, el movimiento internacional de personas, la producción y distribución de armas han facilitado la globalización del fenómeno terrorista y su desarrollo en más de un territorio soberano.
Por otro lado, tanto los grupos terroristas como las organizaciones criminales conforman asociaciones profesionalizadas y estructuradas con ciertas modalidades semejantes en lo relativo al reclutamiento, despliegue operativo, estructuración celular, producción de inteligencia, planeamiento, organización logística y conducción.
En tercer término, para estos grupos juega un papel fundamental el financiamiento clandestino e ilegal de sus actividades, lo que en ciertos casos supone complejas redes y procedimientos de lavado de dinero mientras que, en otras ocasiones, aquellos grupos controlan directa o indirectamente empresas y sectores financieros o económicos lícitos y desde allí canalizan fondos a la actividad clandestina llevando a cabo un procedimiento de ensuciamiento del dinero.
Así, terrorismo, crimen organizado y finanzas ilegales conforman las nuevas manifestaciones de la problemática de seguridad que se deben enfrentar, ya que la legitimación de activos constituye una labor fundamental para el posterior financiamiento de las organizaciones terroristas.
En cuanto a las políticas domésticas integrales y volcadas a tales compromisos multilaterales es estratégico para la Argentina lograr la tipificación del delito de Financiación de Actos de Terrorismo como delito autónomo.
En el marco de la OCDE, el grupo de los siete países más industrializados del mundo, G7, creó en 1989 el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y por un corto período se incorporaron otros Estados interesados. Nuestro país es uno de ellos.
Durante los últimos días de marzo de este año se produjo la visita de la Misión de Alto Nivel del Grupo de Acción Financiera Internacional a la Argentina. La comitiva encabezada por el presidente del GAFI, Kader Asmal, visitó los diversos organismos oficiales de nuestro país, entre ellos, al Congreso de la Nación. En dicha visita, esta misión de alto nivel se manifestó satisfecha por los avances realizados en cuanto a la adaptación de la legislación nacional a las recomendaciones internacionales en la lucha contra el dinero proveniente de la venta activos surgido de actividades ilícitas.
A las recomendaciones que venía reiterando el GAFI sistemáticamente a la Argentina, podemos dividirlas en 3 ejes principales, dos de ellos han sido saldados favorablemente:
Mayor y mejor articulación entre las agencias estatales y junto a ello su posterior coordinación con el sector privado.
La actualización legislativa sugerida en relación al levantamiento de los secretos, sujetos obligados a informar y la inponibilidad de excusas absolutorias.
Tipificación de los delitos de terrorismo y de financiamiento al terrorismo.
La visita de los miembros del GAFI coincidió con la sanción definitiva, el día 29 de Marzo, de la Ley 26.087 modificatoria del Código Penal en sus artículos 277 y 278, y la Ley 25.246.
Cumplido este objetivo y sumado a ello la ratificación del Convenio Internacional para la Represión de la Financiación del Terrorismo (ONU) y la Convención Contra el Terrorismo de la OEA; estamos en condiciones de afirmar que hemos actualizado nuestra legislación ajustándola a los requisitos del GAFI y esto no hace más que comprometernos a seguir con el firme propósito de trabajar en una legislación más moderna aún.
Para ello, estamos trabajando en un nuevo proyecto de ley para tipificar como delito autónomo la Financiación de Actos de Terrorismo, y este importante paso seguramente nos va a conducir a definir un concepto de terrorismo.
Esperamos contar con los consensos necesarios para aprobar una futura ley sobre el tema que sea más ambiciosa y que implique el compromiso de todos los bloques en la lucha contra este flagelo que corrompe todos los estratos de nuestra sociedad, haciendo vulnerable nuestra economía y socavando nuestras instituciones y valores.