El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones, más conocido como CIADI por sus siglas en castellano, es el tribunal arbitral del Banco Mundial. Creado en 1965, su misión central es saldar las discusiones que se plantean entre inversores extranjeros y los Estados Nacionales sometidos a esta jurisdicción. La Argentina es uno de los más de 130 países que ratificaron el convenio correspondiente. Y es, además, el país que más trabajo les da a los árbitros: de los 119 casos que el CIADI tiene pendientes, 29 se entablan contra nuestro país. Es decir que de cada cuatro expedientes iniciados en este ámbito por las grandes multinacionales, cuatro tienen como demandada a la República Argentina.

El final de la Convertibilidad, en 2002, durante la presidencia de Eduardo Duhalde, llevó a que muchas de las compañías de servicios públicos privatizados comenzaran a exigir cifras millonarias por el congelamiento de sus tarifas. Sumados todos los reclamos y dejados de lado los pedidos de resarcimiento que aún no fueron traducidos a dinero, la Argentina se juega en el CIADI una pila de juicios por aproximadamente 20 mil millones de dólares, algo así como o el 30 por ciento de las exportaciones o un tercio de las reservas del Central.

Entre los demandantes figuran la gasífera italiana Camuzzi y su accionista Sempra, la francesa Suez, la estadounidense El Paso Energy y el consorcio AES. Del total, la mayor parte de las reclamaciones fue presentada por empresas energéticas y multinacionales del rubro agua y alcantarillado. También hay arbitrajes solicitados por miles de bonistas; en uno de los sumarios, 100 personas físicas y jurídicas italianas esperan 4.500 millones de dólares por títulos en default.

Venezuela es el país que le sigue al nuestro en cantidad de arbitrajes pendientes, según el listado oficial del CIADI: 7 sumarios en curso. Detrás vienen Ucrania (6), Ecuador, Egipto (5), Rumania, Kazajstán y Georgia (4). Todos juntos, los Estados latinoamericanos – muchos de los cuales pretenden crear un tribunal alternativo en el marco de la Alianza Bolivariana para las Américas, ALBA– acaparan la mitad de las demandas; el bloque ex soviético acumula un tercio y pequeños países asiáticos y africanos, todas las demás. El único país desarrollado que enfrenta un arbitraje es Alemania, desde abril de este año, producto de un pleito con la sueca Vattenfall por la instalación de una planta de energía.

La defensa nacional ante el CIADI está a cargo de la Procuración del Tesoro. Los pleitos no siempre terminan en un laudo efectivo; suele ocurrir, por ejemplo, que las compañías desisten de sus planteos cuando obtienen alguna compensación por la vía política. Por esta misma razón, hay arbitrajes que se suspenden a la espera de esas negociaciones. Por ejemplo, la alemana Siemens desistió recientemente de su demanda – por 220 millones de dólares, consecuencia de la resolución del contrato por la renovación de los famosos DNI– luego de una reunión entre sus nuevos directivos y la presidenta Cristina Kirchner.

Ese caso puntual se encuadra en los 20 que, para bien o para mal, la Argentina tiene cerrados. En cambio, la norteamericana CMS Gas –ex accionista de TGN– logró que el CIADI condenara a la Argentina a una reparación de 133 millones, en lo que fue el primer arbitraje en contra de la Nación. Luego se dictó un laudo a favor de la norteamericana Azurix, concesionaria de agua de la provincia de Buenos Aires, por 165 millones. Y del mismo modo, el tribunal arbitral falló a favor de la Argentina y rechazó las peticiones de las chilenas Metalpar y Buen Aire, fabricantes de carrocerías a las que también se les pesificaron contratos, y de la petrolera alemana Wintershall, que tenía permisos de exploración en Neuquén, Mendoza y Tierra del Fuego.

En todos los arbitrajes se plantean discusiones similares: de un lado, las empresas acusan a la Argentina de violar las reglas de juego mediante la pesificación asimétrica; la Nación se defiende argumentando razones de soberanía y colocando la reestructuración de su economía como parte del factor de riesgo de toda inversión transnacional de envergadura. Lo que en cada caso deciden los árbitros es si la emergencia económica argentina está justificada, como una suerte de estado necesidad, o si –por el contrario– se trata de incumplimientos contractuales que acarrean la responsabilidad del Estado.