

Con la llegada del verano, muchos ya piensan en las próximas vacaciones. Y para miles de pensionistas en España, eso significa mirar hacia el calendario del Imserso. El Instituto de Mayores y Servicios Sociales ha confirmado que abre la convocatoria para sus viajes de la temporada 2025/2026, a partir del próximo 1 de julio.
El organismo estatal, dependiente del Ministerio de Derechos Sociales, ha detallado que el plazo de inscripción se extenderá hasta el 23 de julio. Esta acreditación es imprescindible para poder acceder a las plazas, por lo que se recomienda no dejarlo para último momento.

Imserso: ¿quiénes deben presentar la solicitud este julio?
La convocatoria está dirigida especialmente a aquellas personas que nunca antes participaron en el programa del Imserso. Para ellos, el primer paso será cumplimentar la solicitud y obtener la correspondiente resolución que los acredite como personas beneficiarias.
Esto se puede hacer de forma telemática a través de la sede electrónica del Imserso, o bien de manera presencial por correo o en los registros oficiales habilitados.
En cambio, quienes ya hayan participado en temporadas anteriores no tienen que presentar la solicitud nuevamente. En su lugar, recibirán un documento con sus datos y preferencias. Solo deberán devolverlo si quieren modificar algo, también con fecha límite del 23 de julio.

Cuáles son los requisitos para apuntarse al programa de viajes del Imserso
Las condiciones para ser parte del programa siguen siendo claras. Podrán inscribirse aquellas personas que cumplan con alguno de los siguientes criterios:
Ser pensionista de jubilación del sistema de la Seguridad Social español.
Ser pensionista de viudedad con 55 años o más.
Ser pensionista por otros conceptos o perceptor de prestaciones o subsidios por desempleo, con 60 años cumplidos o más.
Tener 65 años o más, siendo asegurado o beneficiario del sistema de la Seguridad Social.
Ser español residente en el extranjero que cumpla cualquiera de los requisitos anteriores.
Una de las grandes ventajas del programa es que los beneficiarios pueden viajar acompañados por su cónyuge, pareja de hecho o persona con la que mantengan una unión estable, incluso si esta no cumple con los requisitos de edad o pensión.
Además, se permite la participación de hijos con discapacidad igual o superior al 45%, siempre que viajen con sus padres y se alojen en la misma habitación o abonen el suplemento correspondiente.












