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Uno de las grandes preocupaciones al firmar un contrato de alquiler en España y comenzar una relación con el propietario es cómo se gestionarán los gastos cotidianos y si estos podrían influir en el importe mensual de la renta. Entre ellos, uno de los más discutidos es la comunidad de vecinos.

Aunque muchos inquilinos asumen que se trata de un gasto que debe asumir el propietario, la realidad es que no siempre ocurre así, y en algunos casos puede recaer sobre el arrendatario.

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En el artículo 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos se establece que: "Las partes podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda arrendada o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario".

En otras palabras, en caso de pacto entre inquilino y propietario, el inquilino se hará cargo de esos gastos, entre los que se puede incluir los de comunidad. El pacto debe reflejarse por escrito, es decir, en el contrato de alquiler que firmen esas partes.

Para ello, es necesario incluirlo en una cláusula dentro del documento, que no solo debe reconocer el pago de la comunidad por parte del inquilino, sino también el importe anual que le supondrán los gastos por este concepto.

Por lo tanto, antes de discutir a quién le toca pagar la comunidad, resulta imprescindible acudir al contrato de alquiler: si no hay cláusulas que lo especifiquen, el inquilino no debe pagar la comunidad.

¿Pueden subir los gastos de comunidad a pagar por el inquilino?

Sí, esta circunstancia está contemplada por la ley, que permite el incremento de los gastos a pagar por el inquilino en revisiones anuales y hasta que se cumplan los cinco años de vigencia del contrato cuando se firma con personas físicas.

Lo único que exige la LAU es que la subida no supere el doble del porcentaje de actualización de la renta que se calcula con el IPC (Índice de Precios al Consumo) o el IRAV (Índice de Referencia para la Actualización de Arrendamientos de Vivienda).