Cuando finaliza un contrato de alquiler en España, uno de los conflictos es la devolución de la fianza. Muchos inquilinos se enfrentan a la negativa del propietario a devolver el dinero alegando supuestos daños en la vivienda. Pero según la Ley de Alquileres vigente, el arrendador no puede retener esta garantía de forma arbitraria.
El abogado Alberto Sánchez, a través de su perfil ‘LegalMente', aclara que el Código Civil español presume que la vivienda se entrega en buen estado, salvo pruebas que demuestran lo contrario. Por eso, los inquilinospueden protegerse con algo tan sencillo como tomar y enviar fotos del estado del inmueble antes de abandonar la propiedad.
Ley de Alquileres: ¿cómo recuperar la fianza si el casero alega daños en la vivienda?
Uno de los principales problemas a los que se enfrentan los inquilinos al finalizar el contrato es queel propietario se niegue a devolver la fianza por daños que, en realidad, ya estaban en la vivienda.
En estos casos, el Código Civil (art. 1.562) establece que existe una presunción legal de que el inmueble fue entregado en perfectas condiciones, a menos que se demuestre lo contrario.
En esa misma línea, el abogado especializado en arrendamientos Alberto Sánchez, conocido por su canal jurídico en redes ‘LegalMente', recomienda tomar fotografías detalladas del estado de la vivienda al momento de firmar el contrato y justo antes de abandonar el inmueble.
Estas imágenes deben reflejar cualquier desperfecto previo y, de ser posible, ser enviadas al casero por correo electrónico o WhatsApp en el momento de su realización, para dejar constancia de la fecha y contenido.
Según Sánchez, si el inquilino no cuenta con estas pruebas, la ley da por hecho que el inmueble fue entregado en condiciones óptimas y será muy difícil refutar el reclamo del casero. Por lo tanto, la mejor estrategia para recuperar la fianza conforme a la normativa es anticiparse y dejar un registro claro desde el principio del arrendamiento.
Qué hacer si el casero no devuelve la fianza en el plazo legal
Además de documentar el estado de la vivienda, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU)establece que el propietario tiene un plazo máximo de un mes para devolver la fianza desde la entrega de las llaves. Si se retrasa, debe abonar los intereses correspondientes al inquilino, tal como estipula el artículo 36.4 de la ley.
Si el casero no responde o se niega a devolver la fianza sin justificación válida, el inquilino puede iniciar una reclamación por escrito. Si esto no funciona, puede acudir a la vía judicial o al arbitraje, siempre que esté previsto en el contrato.
También puede solicitar ayuda a una asociación de consumidores, al organismo de consumo autonómico correspondiente o al Servicio de Defensa del Inquilino, en caso de que su comunidad autónoma disponga de uno.