La venta de una vivienda no es una tarea sencilla en España. La dificultad no solo se debe a la carga emocional, sino también por la cantidad de tiempo y dinero que se necesita para realizar esta operación inmobiliaria.
Al vender un inmueble se deberán pagar una serie de varios tributos. El más popular es el Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (ITVNU), más conocido como plusvalía municipal, es aplicado directamente por los ayuntamientos y afecta a todas las viviendas. Este impuesto cobra el incremento de valor que experimentan los terrenos debido a la transmisión de la propiedad.
A la vez, cuando se firma una operación de venta de un inmueble, el vendedor deberá abonar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y reflejar el beneficio económico de la operación en la declaración de la Renta.
Sin embargo, existen una serie de motivos por los que un propietario podrá quedar exento de pagar impuestos al vender su vivienda. Estas excepciones a la regla pueden ser la clave para que las personas puedan ahorrar miles de euros y conseguir las mayores ganancias posibles luego de la venta de los inmuebles.
¿Cómo puedo vender mi vivienda sin pagar impuestos?
Según explica la Agencia Tributaria, existen tres casos en los que el propietario podrá vender su vivienda y quedar exenta de pagar impuestos. Las excepciones son:
- Si la vivienda era habitual y se realiza una reinversión de lo ganado en otra vivienda habitual.
- Si la venta de la vivienda habitual la realiza una persona mayor de 65 años.
- En los casos de dación de pago, en donde se salda una deuda mediante un bien o prestación.
Esto significa que, si una persona utiliza el dinero de la venta del inmueble para comprar otra vivienda, no tendrá que pagar la plusvalía municipal ni tampoco el IRPF, puesto que la ganancia obtenida de la venta será utilizada para comprar otro inmueble que se convertirá en su vivienda habitual.
¿Cuáles son los gastos adicionales de la compraventa de una vivienda?
Aunque en algunos casos el vendedor de una propiedad pueda quedar exento de pagar ciertos impuestos, al realizar la operación de compraventa deberá abonar otra serie de gastos para convertirse en propietario de otro inmueble. Entre los costos que el ciudadano tendrá que asumir se encuentran:
- El IVA si el inmueble es obra nueva, que será del 10% en la península o un 6,5% en las Islas Canarias.
- El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales con un importe que dependerá de cada comunidad autónoma.
- La notaria que variará entre los 500 y los 1000 euros.
- El registro de la vivienda, con un valor de 500 euros.
- La gestoría particular, que tendrá un valor de 400 euros.
- El impuesto de Actos Jurídicos Documentados si es una vivienda nueva, con un costo de entre el 0,5% y el 1,5% del valor del inmueble.
A esos gastos, se les deberá sumar los costes de formalización en caso de optar por una hipoteca para comprar la nueva vivienda. Estos conceptos deberán costear la tasación del inmueble, que puede variar entre los 200 y los 400 euros, y la comisión de apertura. Este último gasto no lo aplican todos los bancos, pero su valor es de entre el 0,5% y el 1,5% de la cantidad total a financiar.
"Los gastos de la compraventa y formalización de la hipoteca suelen suponer entre el 10% y el 15% del valor del inmueble. Esto significa que para adquirir una vivienda de 150.000 euros, será necesario contar, como mínimo, con 15.000 euros", explican desde el portal inmobiliarioFotocasa.