En España, miles de familias pueden haber perdido la oportunidad de reclamar dinero a Hacienda sin saberlo. En los últimos años, se ha identificado un error recurrente: muchos pensionistas mutualistas tributaron de más por cotizaciones anteriores a 1978.
Ahora, Hacienda reconoce su derecho y permite la reclamación, incluso tras su fallecimiento. Según la Agencia Tributaria, los herederos pueden solicitar la devolución del IRPF pagado por sus familiares fallecidos entre 2019 y 2024, siempre que reúnan los documentos y sigan el procedimiento correcto.
Quién puede reclamar y por qué
Hacienda ampara la reclamación a los familiares de pensionistas mutualistas que pagaron el IRPF sobre pensiones de forma incorrecta entre 1967 y 1978.
Una sentencia del Tribunal Supremo (STS707/2023) determinó que, en su día, muchos cotizantes tributarían el 100% de su pensión cuando sólo debían tributar el 75%, generando una carga fiscal indebida.
La normativa vigente permite que herederos de fallecidos entre 2019 y 2024 puedan pedir la devolución del IRPF retenido de más. Hacienda también ha activado un formulario específico para presentar la petición desde la campaña de la renta 2025, relativo a los ejercicios de 2019 y anteriores, y los sucesivos hasta 2028, de manera progresiva.
Qué se necesita para cobrar la devolución
Para cobrar la devolución, los herederos deben presentar el modelo H-100, la "Solicitud de pago de devolución a herederos", que está disponible en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Los documentos básicos son:
Certificado de defunción, libro de familia o registro electrónico, y certificado del Registro de Últimas Voluntades.
Testamento o acta notarial de declaración de herederos.
Certificado bancario de la cuenta donde se ingresará la devolución.
Además, hay requisitos adicionales según la cuantía:
Inferior o igual a 2000 euros: si hay varios herederos, pero se quiere que el dinero vaya a una sola persona, se necesita autorización firmada de todos y fotocopia del DNI de cada heredero, o cuenta conjunta si se reparte entre todos.
Superior a 2000 euros: declaración complementaria del Impuesto de Sucesiones incluyendo el importe a devolver, y poder notarial si solo un heredero percibe el dinero.
Plazos y gradualidad en los abonos
Aunque el Gobierno esperaba una devolución única en 2025, finalmente Hacienda optó por un abono progresivo: en 2025 se cubrirán los ejercicios 2019 y anteriores no prescritos, en 2026 el de 2020, y así sucesivamente hasta 2028.
Una pieza clave: los formularios anteriores a diciembre de 2024 fueron cancelados, y los herederos deben presentar una nueva solicitud en cada campaña del IRPF correspondiente.
Asimismo, aunque varias organizaciones (como UGT y CCOO) piden que se incluyan intereses de demora del 4,0625% anual, todavía no está garantizado, por lo que es prioritario reclamar cuanto antes.
Consejos para poder acceder a esta devolución
Actuar rápido: Hacienda recomienda iniciar el trámite ahora para el ejercicio 2019, porque un mismo formulario servirá para los siguientes años.
Solicitar el número de referencia del fallecido, imprescindible para acceder al formulario web; no se puede usar el certificado digital.
Hacerlo desde Renta Web durante la campaña de la renta, o en las oficinas físicas con cita previa si hay dudas sobre la documentación.
Este proceso representa una reparación histórica para miles de familias. No dejar pasar esta oportunidad es crucial: si no reclamas en el plazo de prescripción, Hacienda puede quedarse con el dinero. Y eso puede significar dejar escapar hasta 4000 euros por persona.