

En el mercado del alquiler de vivienda en España, las relaciones contractuales entre propietarios e inquilinos están marcadas por un marco legal preciso que define derechos, plazos y obligaciones.
La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) regula con detalle cómo deben actuar ambas partes al comienzo, durante y al término del contrato, con especial atención a los periodos de prórroga y renovación.

Qué plazos exige la ley para informar de no renovar
La LAU establece plazos estrictos para comunicar la no renovación del contrato. Si el contrato se firmó a partir del 6 de marzo de 2019, el arrendador debe avisar al inquilino con cuatro meses de antelación y el inquilino al arrendador con dos meses antes del vencimiento del contrato.
Si no se respeta ese plazo, legalmente se activa la llamada prórroga tácita, que renueva automáticamente el contrato por periodos anuales adicionales, hasta un máximo de tres años.
Qué ocurre si no se le informa al casero en plazo
En caso de que no se avise con dos meses de antelación de que quiere desistir o no renovar, el contrato no se extingue y sigue vigente bajo la prórroga tácita. Esto implica que se puede permanecer en la vivienda año tras año, hasta tres años más, sin necesidad de renovar formalmente.
En situaciones médicas sociales, los inquilinos en situación de vulnerabilidad pueden solicitar una prórroga adicional obligatoria de hasta un año, siempre que el propietario sea considerado gran tenedor, y sin necesidad de aviso previo estándar.

Riesgos y consecuencias por no avisar
La falta de notificación de no renovación tiene varios efectos legales y prácticos:
Duración prolongada del alquiler: el contrato se prorroga hasta tres años más tras los cinco iniciales. Es decir, el inquilino puede quedarse hasta ocho años (o diez años si el propietario es persona jurídica) sin firmar un nuevo acuerdo.
Complicaciones si el casero necesita el piso: si el propietario quiere recuperar la vivienda por necesidad personal o familiar debe justificarlo y avisar con dos meses de antelación. Si no lo hizo previamente y se entró en prórroga tácita, este derecho se complica legalmente.
Desahucio por expiración: si llegado el fin del contrato, ni el inquilino ni el casero informan en plazo, pueden iniciar un procedimiento de desalojo que puede alargarse varios meses (entre 4 y 8), dependiendo del juzgado.

Qué sucede si el casero no avisa
Si el propietario no comunica su voluntad de no renovar con los cuatro meses requeridos, el inquilino no está obligado a irse y el contrato se prorrogará automáticamente. Se restablece el derecho de permanencia con conformidad y cumplimiento puntual de la renta.
En caso de prórroga tácita, se puedes abandonar al final de cualquier anualidad si se comunicas la decisión con al menos un mes de antelación.













