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La Seguridad Social española mantiene una obligación fundamental para los pensionistas residentes en el extranjero, incluidos los miles de beneficiarios que viven en Latinoamérica: acreditar periódicamente su vivencia para continuar cobrando la pensión que tengan reconocida.

La denominada acreditación de vivencia, tradicionalmente conocida como fe de vida, permite al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) comprobar que el beneficiario continúa con vida y, por tanto, mantiene el derecho al pago de su prestación.

Sin embargo, 2026 introduce un cambio importante en el calendario. La Seguridad Social estableció dos períodos obligatorios de acreditación durante este año y ya se aproxima el segundo: del 1 al 30 de septiembre de 2026.

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Seguridad Social: cuándo deben presentar la fe de vida los pensionistas que viven en Latinoamérica

Los pensionistas residentes en el extranjero tuvieron un primer período para realizar la acreditación de vivencia entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2026. Hasta ahora, este era el período habitual en el que se realizaba el control.

La principal novedad llega durante la segunda mitad del año. La Seguridad Social española dispuso una segunda acreditación obligatoria entre el 1 y el 30 de septiembre de 2026. Por tanto, haber completado correctamente el trámite durante el primer trimestre no elimina la obligación de volver a realizarlo en septiembre.

Esto afecta también a quienes cobran una pensión española y residen fuera del país. La acreditación sirve para garantizar la continuidad del pago de la prestación, ya que la propia Seguridad Social señala que los pensionistas que viven fuera de España deben acreditar periódicamente su vivencia para seguir percibiendo la pensión reconocida.

Fe de vida: las fechas que cambian desde 2026 y 2027

El calendario de acreditación de vivencia no solo cambia durante 2026. El nuevo esquema contempla un aumento progresivo de la frecuencia con la que los pensionistas residentes en el extranjero tendrán que cumplir el procedimiento.

Para 2026, el calendario oficial queda establecido de la siguiente manera:

  • Primera acreditación: del 1 de enero al 31 de marzo.
  • Segunda acreditación: del 1 al 30 de septiembre.

A partir de 2027, el cambio será todavía mayor. La Seguridad Social española establece que la vivencia deberá acreditarse tres veces al año: en enero, mayo y septiembre. La periodicidad de la acreditación de residencia fiscal, en cambio, seguirá sin modificaciones.

De esta forma, quienes cobran una pensión española desde Latinoamérica deberán prestar especial atención a las nuevas fechas. La acreditación de vivencia deja de concentrarse únicamente en el tradicional período de los primeros meses del año.

Cómo presentar la fe de vida sin viajar a España

La forma más sencilla de realizar la acreditación de vivencia desde fuera de España es mediante VIVESS, la aplicación móvil gratuita desarrollada por el INSS. La herramienta utiliza reconocimiento biométrico facial y permite completar el procedimiento desde el extranjero sin necesidad de viajar al país.

Para utilizar VIVESS, el pensionista puede identificarse con su DNI o NIE, o mediante el número de expediente de la prestación. Después del registro inicial, la aplicación utiliza la cámara del móvil para realizar la videoidentificación y acreditar la vivencia. El registro inicial es único y no debe repetirse cada año.

Una vez completado el procedimiento, el usuario obtiene un justificante y posteriormente la confirmación correspondiente del INSS o, cuando corresponda, del Instituto Social de la Marina (ISM). La documentación queda disponible para su consulta, lo que permite comprobar que la acreditación de vivencia se realizó correctamente.

La Seguridad Social confirma cuándo los residentes en latinoamerica deben presentar este certificado para seguir cobrando la pensión española (Fuente: ChatGPT)ChatGPT

Qué pasa con la pensión española si no se acredita la vivencia

La razón de este procedimiento está directamente relacionada con la continuidad del cobro. La Seguridad Social explica que los pensionistas residentes en el extranjero deben acreditar periódicamente que siguen con vida para continuar percibiendo la pensión que tengan reconocida.

Por ello, los beneficiarios que ya realizaron la acreditación de vivencia durante los primeros meses de 2026 deben tener presente que este año el procedimiento no termina allí.

Entre el 1 y el 30 de septiembre de 2026 deberán volver a acreditar su vivencia. Y el calendario volverá a modificarse desde 2027, cuando el control pase a efectuarse tres veces cada año: enero, mayo y septiembre.