El próximo 23 de julio, los ciudadanos españoles están convocados a la cita electoral más importante del año: las elecciones generales, es decir, los comicios en los que se elige a los miembros del Congreso de los Diputados y del Senado.
Para entonces, todos los electores menores de 70 años que estén en el censo electoral podrán ser convocados a una mesa; no obstante, hay algunos de ellos que podrían quedar exentos debido a sus responsabilidades laborales.
En la página web de la Junta Electoral Central se pueden consultar las exenciones válidas para no estar en una mesa electoral aunque el nombre de un ciudadano haya salido en un sorteo para ser presidente o vocal.
Existen distintos tipos de exenciones para ausentarse en una mesa electoral, concretamente, trabajadores que -por sus labores o particularidades- están exentos para acudir a una mesa electoral.
Elecciones generales 2023: qué trabajadores están exentos de ir a una mesa electoral
Las exenciones que por motivos laborales permiten a determinados trabajadores no acudir a una mesa electoral son las siguientes:
-Las trabajadores que el día de la votación tengan que realizar servicios para las Juntas Electorales, Juzgados y Administraciones Públicas con funciones electorales.
-Los trabajadores que durante la jornada electoral deban prestar "servicios esenciales de la comunidad de importancia vital". En esta categoría se incluyen servicios de carácter médico, sanitario, de protección civil, o profesionales del cuerpo de bomberos.
-Los trabajadores con un cargo de director en un medio de comunicación de información general y los trabajadores que sean jefes de los servicios informativos y que tengan que cubrir la jornada electoral.
-Los trabajadores que tengan que tomar parte en "acontecimientos públicos a celebrar el día de la votación", si estos eventos se hubiesen previsto antes de la convocatoria electoral y si el ciudadano no pudiese ser sustituido y su no participación obligase a suspender el evento y generase perjuicios económicos.