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En el ámbito de la prevención de accidentes en autovías y carreteras, la Dirección General de Tráfico (DGT) registra todas las infracciones que los conductores pueden cometer. Entre las más frecuentes se encuentran el exceso de velocidad, el uso del móvil al volante y la conducción bajo los efectos del alcohol o alguna droga.

Sin embargo, estas no son las únicas infracciones que pueden resultar en una sanción económica. Muchas de ellas están estipuladas en la Ley de Tráfico, mientras que otras pueden deducirse a partir de una interpretación del marco legal correspondiente.

Multas insólitas que impone la DGT

Exceder el número de ocupantes

Superar la capacidad máxima de pasajeros en un vehículo puede conllevar una sanción de 80 euros, la cual podría incrementarse hasta 500 euros y la suspensión del permiso de conducir si se excede en un 50% el límite permitido. Es fundamental respetar las normativas de seguridad vial para evitar consecuencias legales y garantizar la seguridad de todos los ocupantes.

Arrojar objetos a la calle

La legislación vigente impone una penalización de 500 euros y la pérdida de seis puntos del carnet de conducir. No obstante, esta multa puede incrementarse si los objetos desechados poseen el potencial de provocar incendios o accidentes, lo que resalta la importancia de mantener la limpieza y seguridad en las vías públicas.

Distracción al volante

Realizar actividades no relacionadas con la conducción, como comer, aplicar maquillaje o leer mientras se conduce, incluso en un semáforo en rojo, puede resultar en una multa de 200 euros y la deducción de puntos en el carnet. La atención plena al volante es esencial para prevenir accidentes y garantizar la seguridad vial.

Manejar sin el calzado o vestimenta adecuada, realizar gestos obscenos a través de la ventanilla, conducir con el codo fuera o llenar el tanque de combustible con el motor en marcha son acciones consideradas infracciones. Estas pueden acarrear multas de hasta 200 euros y la reducción de puntos en el carnet, variando esta cantidad según la gravedad de la infracción cometida. Es imperativo seguir las normas de tráfico para asegurar un entorno seguro para todos los usuarios de la vía.

Multas adicionales impuestas por la DGT

  • Frenar de manera imprudente se considera una infracción grave, sancionada con una multa de 500 euros y la deducción de seis puntos del permiso de conducir.
  • Adelantar incorrectamente a ciclistas conforme a la normativa vigente conlleva una penalización de 200 euros y la pérdida de seis puntos.
  • No respetar la distancia de seguridad puede resultar en una multa de 500 euros y la deducción de seis puntos, especialmente en situaciones de conducción calificada como temeraria.
  • No portar el equipo de señalización obligatorio, conducir sin la inspección técnica de vehículos (ITV) vigente o con una matrícula deteriorada son infracciones que conllevan sanciones de 200 euros.
  • Utilizar el claxon sin justificación o reproducir música a alto volumen en las proximidades de hospitales o áreas de descanso puede resultar en sanciones que oscilan entre 80 y 3000 euros.
  • Acciones como discutir o mostrar afecto excesivo a un acompañante, subir el vehículo a la acera, arrancar de manera brusca o circular exhibiendo un cartel de "se vende" están sujetas a multas que varían de 30 a 600 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción y de la normativa local aplicable.