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Con el inicio de enero y el cambio de año, comienzan a materializarse en las calles diversas modificaciones previamente anunciadas, entre las cuales destaca una que impacta directamente en las carreteras.

La Dirección General de Tráfico (DGT) recuerda que, a partir del 1 de enero de 2025 y conforme a lo establecido en la Ley de Cambio Climático y Transición Energética, los vehículos contaminantes estarán prohibidos en las ciudades con más de 50.000 habitantes.

La circulación en las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) estará restringida para ciertos vehículos en más de 150 ciudades, lo que afectará a millones de conductores en el país. Esta normativa ha suscitado críticas por parte de algunos sectores.

Los opositores argumentan que esta medida perjudicará a las familias de recursos limitados, ya que la adquisición de un nuevo coche o la adaptación del antiguo puede representar un gasto inasumible para muchos españoles. Para mitigar el impacto económico, el Gobierno ha implementado subvenciones que facilitan la compra de vehículos menos contaminantes.

Así, la medida se mantiene y el año 2025 se perfila como un punto de inflexión para la movilidad. El objetivo es reducir las emisiones contaminantes y mejorar la calidad del aire en las áreas urbanas de España. A medida que se aproxima la fecha, es esencial que los conductores se informen y tomen las medidas necesarias para cumplir con la normativa y evitar sanciones.

Coches que no circularán en 2025

Con el fin de evitar inconvenientes, a continuación se presenta un listado de los vehículos que no podrán transitar en las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE):

  • Turismos de gasolina fabricados antes del año 2000 que no cumplan con la normativa Euro 3.
  • Turismos diésel producidos antes de 2006, que no se ajusten a la normativa Euro 4.
  • Vehículos comerciales ligeros de gasolina anteriores a 1994.
  • Vehículos comerciales ligeros diésel fabricados antes de 1997.
  • Motocicletas y ciclomotores que datan de antes del año 2000.

Si su vehículo se encuentra dentro de estas categorías, le recomendamos prepararse para la transición, ya que podría enfrentarse a multas que varían entre 200 y 500 euros, dependiendo de la normativa vigente en su ciudad.

Opciones para conductores sin etiquetas de la DGT

  • Cambiar de vehículo: optar por la adquisición de un automóvil que satisfaga los requisitos establecidos y cuente con la correspondiente etiqueta ambiental.
  • Adaptar el vehículo: implementar sistemas de propulsión alternativa, tales como el autogás (GLP) o el gas natural comprimido (GNC), para mejorar su eficiencia ambiental.
  • Utilizar transporte público o alternativas de movilidad sostenible.

¿Cómo verificar si poseo la etiqueta ambiental de la DGT?

Verificar si tu automóvil posee una etiqueta ambiental es muy fácil. Solo necesitas seguir estos pasos en el sitio web oficial de la DGT:

  • Visita la página principal de la DGT en www.dgt.es.
  • Localiza la sección de "Consulta de distintivo ambiental".
  • Ingresa la matrícula de tu vehículo en el campo indicado.
  • Presiona "Consultar" para comprobar el distintivo que le corresponde.

Las etiquetas disponibles son: Cero, ECO, C, B o "sin etiqueta". Si no cuentas con etiqueta, tu vehículo enfrentará restricciones en las ZBE.