Tras la presentación que realizó la oposición en Formosa, la Procuración General emitió un dictamen en el que consideró que la Corte Suprema no debe intervenir en la reelección indefinida del actual gobernador, Gildo Insfrán, por lo que se habilitaría su candidatura.
"Dada la índole taxativa de la competencia prevista en el artículo 117 de la Constitución Nacional y su imposibilidad de ser extendida por persona o poder alguno, opino que el proceso resulta ajeno al conocimiento del Tribunal", sostuvo el procurador Eduardo Casal.
En el documento que dio a conocer el organismo, se describe la presentación que se realizó desde Formosa para intentar frenar una nueva candidatura de Insfrán, quien está en el cargo desde 1995 e intentará extender su gobernación hasta 2027.
Los dos recursos ante la Corte Suprema de la Nación los realizaron desde la oposición provincial: la primera de Fernando Carbajal, precandidato a gobernador de Juntos por el Cambio, y la segunda del frente electoral Confederación Frente Amplio Formoseño.
Las acciones para intentar frenar a Insfrán por la vía judicial comenzaron luego de que el máximo tribunal de Justicia impidiera que se realizaran las elecciones a gobernador en San Juan y Tucumán por la presencia en las listas de Sergio Uñac y Juan Manzur respectivamente, sobre los cuales la Corte aceptó analizar si estaban aprobados o no por la Constitución provincial.
Ante esta determinación, ambos se dieron de baja de las candidaturas y se realizarán los comicios en nuevas fechas sin la presencia de ambos. En el caso de San Juan, las legislativas ya se produjeron el domingo con las boletas impresas con la cara de Uñac a pesar de que no participara.
A pesar de que desde la Procuración consideraron que no es materia de la Corte analizar este caso, le dejaron al propio tribunal que definiese si debe hacerlo o no.
"Sin perjuicio de ello, habida cuenta de la alusión que, para fundar su postura, realiza la parte actora a lo decidido por V.E. en algunas de las causas arriba mencionadas y toda vez que esa Corte es el intérprete máximo y final de sus propios pronunciamientos, de considerar V.E. que en autos se configuran las extremas circunstancias allí evaluadas, podría decidir la intervención procesal que considere pertinente", sostuvo la Procuración General de la Nación.