La Cámara Argentina de Comercio (CAC) entregará en las próximas horas al Gobierno un documento con unas 20 propuestas para cambiar el proyecto de reforma de Ley de Abastecimiento, el Observatorio de Precios y la creación del nuevo foro de Consumidor.
La iniciativa, según dijo el titular de la CAC, Carlos De la Vega a DyN, procura eliminar de los textos presentados por el Gobierno al Congreso todo los aspectos que dejan librada a la interpretación de la Secretaría de Comercio la aplicación de las figuras contempladas en la normativa.
De esta forma, la CAC fue la primera entidad en responder al pedido de la presidenta Cristina Fernández, quien reclamó el miércoles a los empresarios que criticaron las reformas a la ley de Abastecimiento que ‘digan cuáles son los artículos, cuáles son las normas, para poder cambiarlas‘.
En tanto, De la Vega reconoció que ‘respecto de la Ley de Abastecimiento hay una cuestión filosófica porque como empresarios nos oponemos a los controles‘, pero consideró que ‘hay que tomar a las tres leyes como un paquete‘.
En el caso de la integración del Observatorio de Precios, el titular de la Cámara indicó que ‘si participan tres entidades de consumidores, proponemos que se integren tres cámaras empresarias‘. También se reclama una ‘cláusula de confidencialidad‘ para la información económica que se pueda pedir a las empresas tanto a través de la Secretaría de Comercio como del Observatorio de Precios.
‘Sobre el tema de tribunales tampoco estamos en contra, ya tienen oficinas todas las provincias e incluso ya funciona un organismo de mediación‘, añadió De la Vega. Respecto de la reforma de la Ley de Abastecimiento, el titular de la CAC dijo que se pide modificar el artículo sobre su aplicación. ‘El artículo establece a quién se aplicará, menciona a todos los sectores y dice ’a cualquier otro bien que satisfaga necesidades básicas o esenciales’ destinados al bienestar de la población. ¿Cuál es límite, qué quiere decir ’esencial’?‘, cuestionó De la Vega.
El empresario acotó que “en el Artículo 2 dice que en caso de ser estrictamente necesario se podrá sancionar...”, por lo que De la Vega cuestionó “qué quiere decir ’estrictamente necesario’‘.
‘En el Articulo 3 dice que se sancionará a quienes revaluaran existencias. Si el comerciante no puede revaluar el precio no puede reponer el artículo. En caso de un repuesto importado, que lo traje con el dólar a 4 y no lo pude vender, no me pueden pedir que lo venda al dólar a 4 porque yo no llevé el dólar a 8‘, dijo De la Vega.
El empresario también cuestionó que en el artículo que se refiere a penas de multas y clausuras indica que se puede elevar al doble, en caso de reincidencia, y hasta la clausura definitiva en caso de doble reincidencia.
En ese aspecto, la Cámara sostiene que si el grupo de penalistas que analizó la reforma del Código Penal considera que la reincidencia de un delincuente no agrava su pena, no se entiende por qué le aplican un criterio diferente a los empresarios. También se cuestiona un artículo que habla sobre sanciones a los que ‘elevaren injustificadamente los precios‘, ya que según De la Vega ‘no está claro que es el término ’injustificadamente’‘. Por otro lado, se pretende modificar el articulo de la Ley que obliga al empresario a pagar la multa y luego recurrir a la Justicia. ‘En la Ley como está hoy sacan un párrafo completo que dice que si no podés pagar en efectivo se puede dar una garantía caución. Esto quiere decir que el que no tiene plata no tiene derecho de defensa‘, dijo De la Vega.