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El Gobierno, a través de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), decidió mantener la medida cautelar de inhibición de bienes a una de las compañías de seguros más reconocidas del país, debido a "la falta de presentación de sus estados contables".
A través de la Resolución 284/2025, el organismo mantuvo la medida iniciada mediante la Resolución 269/2025, donde se informaba que la empresa aseguradora no había presentado su balance del período anterior y, por tanto, en el marco de su política de control y supervisión, había tomado la decisión de multar a esta importante firma.
¿Cuál es la compañía de seguros que inhibió el Gobierno?
La medida cautelar firmada por el superintendente de Seguros, Guillermo Plate, dispuso la inhibición general de los bienes de la Nueva Cooperativa de Seguros Limitada, conocida como la Nueva Seguros.
El organismo a cargo de las empresas aseguradoras y brokersseñaló que se trata de la revalidación de la medida cautelar dispuesta en la Resolución 269/2025 que le prohibió a la reconocida firma "realizar actos de disposición respecto de sus inversiones".
La fecha límite de presentación de los balances contables fue el jueves 15 de mayo y pese a que La Nueva Seguros había solicitado una prórroga, la Superintendencia de Seguros había hecho caso omiso de este pedido.
Por otro lado, la SSN dejó sin efecto el punto de la Resolución 2025-269 donde se dictaba el embargo preventivo de los bienes de la compañía aseguradora.
¿Por qué multaron a la Nueva Seguros?
"Los estados contables anuales a los que se refiere la Ley N° 20.091 y los de períodos intermedios estipulados deben presentarse ante esta autoridad de control, para el caso de las entidades aseguradoras, dentro de los 45 días corridos siguientes al cierre del ejercicio/período correspondiente", indicó la primera sanción con fecha de marzo.
La firma aseguradora informó que la demora en entregar la documentación contable se debió a cuestiones administrativas y de sistemas. En esta línea, el miércoles 21 de mayo informaron que estaban presentando los estados completos.
"La falta de presentación de los Estados Contables conlleva tal gravedad, en relación a la determinación y conocimiento de la solvencia patrimonial de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, que la normativa vigente faculta a la SSN a disponer, sin audiencia de parte, la prohibición a la entidad aseguradora de realizar, sobre sus inversiones, cualquier acto de disposición o de administración", sentenciaron en la nueva resolución oficial.