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El Gobierno de Javier Milei prorrogó por un año la vigencia de un régimen que garantiza asignaciones familiares equivalentes a la Asignación Universal por Hijo (AUH) a los trabajadores rurales temporarios y estacionales. La extensión rige desde el 1° de septiembre de 2026.
El Poder Ejecutivo oficializó la medida a través del Decreto 1204/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial. La norma lleva las firmas del presidente Javier Milei, del jefe de Gabinete, Diego Santilli, y de la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.
El artículo 1° del decreto prorrogó la vigencia del Decreto 514/2021 y “sus normas complementarias y aclaratorias”. El Gobierno había dictado esa disposición en agosto de 2021 para impulsar el empleo formal en las tareas agrarias temporales.
Qué establece el régimen
Según los considerandos, el decreto original fijó medidas para “promover el trabajo registrado y la ampliación de los beneficios de la seguridad social” de los trabajadores rurales que prestan servicios en actividades temporales y estacionales, y de sus grupos familiares.
El artículo 2° del Decreto 514/2021 garantiza que las asignaciones familiares de los contratados bajo estas modalidades no resulten inferiores al 100% de la AUH. Las normas complementarias fijan las condiciones y los términos de ese piso.
Por su parte, el artículo 3° dispuso la complementariedad entre las políticas de protección social y el acceso al trabajo registrado. De ese modo, los titulares de ciertos programas pueden conservarlos cuando un empleador los contrata bajo las modalidades que contempla la norma.
El Gobierno prorrogó el plan de empleo registrado para este grupo de trabajadores: a quiénes alcanza
El régimen comprende a los trabajadores temporarios y permanentes discontinuos del Régimen de Trabajo Agrario, y a quienes trabajan bajo contrato de temporada en actividades agropecuarias, según la Ley de Contrato de Trabajo.
El alcance depende de la modalidad de contratación, ya que el esquema no abarca a todo el personal rural permanente. Además, la prórroga no fija un nuevo monto en pesos ni dispone un aumento adicional de la Asignación Universal por Hijo.
Los antecedentes de la prórroga
El decreto cita como antecedentes los decretos 423/2023 y 777/2025. Este último había extendido el régimen por un año desde el 1° de septiembre de 2025, por lo que su plazo venció a fines de agosto pasado.
Ante ese vencimiento, “distintos actores representativos de las economías regionales, asociaciones sindicales y de productores” plantearon la conveniencia de dar continuidad a la norma, según detalla el texto oficial. El objetivo, señala, es consolidar los resultados alcanzados.
En los considerandos, el Gobierno sostiene que las medidas contribuyeron “a la inclusión laboral de los trabajadores del sector”. También afirma que mejoraron sus ingresos, sus condiciones de vida y las de sus grupos familiares.
“Resulta necesario y oportuno prorrogar la vigencia del Decreto N° 514/21”, indica la norma. El Presidente la dictó en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 99, incisos 1 y 2, de la Constitución Nacional.
Qué cambia para los empleadores
Para productores y empleadores que contratan personal de cosecha o de temporada, la medida asegura la continuidad del marco por otro año. El decreto no modifica las escalas salariales ni reduce los aportes y contribuciones.
Aunque el Boletín Oficial publicó la norma en octubre, el nuevo período corre desde el 1° de septiembre de 2026. Así, el régimen mantiene su vigencia sin interrupciones respecto del plazo que fijó el Decreto 777/2025.
Los alcances sobre cada prestación social dependen de las normas complementarias vigentes, ya que el decreto mantiene esas disposiciones solo “en cuanto resulten aplicables”. Por eso, cada programa conserva sus propios requisitos de acceso.