El Gobierno oficializó hoy la extensión de la cuarentena hasta el 30 de agosto, mediante la publicación del decreto correspondiente en el Boletín Oficial.
En los fundamentos de la norma, el texto oficial realiza una radiografía de la situación epidemiológica del país en relación al coronavirus. Sostiene, por ejemplo, que el "AMBA, continúa con aumento sostenido en el número de casos y que ese incremento es variable según los distintos municipios y comunas". En particular, advierte que en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el aumento del número de casos se verifica con menor velocidad que en semanas previas, lo que se refleja en un aumento importante del tiempo de duplicación de casos que supera los 48 días". Y que "en la región metropolitana de la Provincia de Buenos Aires, el aumento del número de casos se verifica con distintas velocidades según el municipio, y se observa una ralentización en las últimas dos semanas".
Sobre la situación bonaerense señala, además, que el tiempo de duplicación de casos al 25 de junio era de 14,3 días, al 30 de julio de 23,7 días y al 10 de agosto, 29,9 días y que "a pesar del aumento de casos no se saturó el sistema de salud y el porcentaje de ocupación de camas, para la misma región, es del 68%.
El decreto observa también que al momento de disponer el “aislamiento social, preventivo y obligatorio a nivel nacional, el tiempo de duplicación (TD) de casos de COVID-19 confirmados era de 3,3 días y al día 8 de mayo de 2020 alcanzó su mayor brecha al superar por algunas décimas los 25 días. Al 26 de junio se estimó un TD de 14,3 días, al 30 de julio nuevamente disminuyó, estimándose en 22,9 días y al 10 de agosto, se estima en 27,4 días.
Según consta en el decreto todas las jurisdicciones presentaron casos en los últimos 14 días y muchas de ellas presentan brotes, conglomerados extensos y zonas con transmisión comunitaria. Que el tiempo de duplicación de casos para el total del país, excluyendo del cálculo al AMBA, al 2 de junio, era de 43,8 días al 31 de julio, de 18,3días y al 10 de agosto, de17 días.
La publicación del decreto coincide con una jornada en la que se reportaron 66 muertes y 5469 casos en las últimas 24 horas. Aunque se sabe que en los fines de semana se reporta menos, se trata de valores que están sustancialmente por debajo del récord de casos informado el 12 de agosto, cuando se contabilizaron 7663 positivos, o del pico de muertes del 11 de agosto, cuando se reportaron 241 fallecimientos.
En relación al interior, el decreto menciona los casos de Jujuy, donde "continúa con una situación crítica en relación con la transmisión de la enfermedad", ya que "allí se verifica transmisión comunitaria extensa, casos distribuidos en todo el territorio y con brotes localizados tanto comunitarios como en personal de salud, lo que compromete la capacidad de respuesta del sistema de atención".
También habla de la "provincia de Mendoza", donde "continúa con transmisión importante del virus, principalmente en la región metropolitana y Gran Mendoza, mientras que señala que en la provincia de Santa Fe, además de Rosario y Gran Rosario, se agregan como zonas de transmisión comunitaria las localidades de San Lorenzo, Casilda y Venado Tuerto. "También se registra un aumento de casos en la Ciudad de Santa Fe y el tiempo de duplicación estimado para toda la provincia al 10 de agosto fue 10,8días, lo que refleja un aumento en la velocidad de aparición de casos".
En relación a Córdoba, otro de los focos del interior, dice que "continúa con aumento importante de casos, principalmente en la ciudad Capital y en localidades más pequeñas, en las cuales se han implementado medidas epidemiológicas como cordones sanitarios, restringidos en algunos casos y más estrictos en otros, con el objetivo de contener los brotes".
También menciona Salta, se registra un aumento importante del número de casos, lo que se ve reflejado en el tiempo de duplicación de casos 6,3 días al 10 de agosto, siendo los lugares más afectados los departamentos de General San Martín, Orán y Capital, "pero la situación epidemiológica en Tartagal es la más preocupante, con aumento importante de casos, algunos sin nexo epidemiológico y con tensión del sistema de salud".
El Gobierno decidió, tras este cuadro, "extender desde el día 17 y hasta el día 30 de agosto de 2020 inclusive, el “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio -DISPO- para todas las personas que residan o transiten en los aglomerados urbanos y en los partidos y departamentos de las provincias argentinas que no posean transmisión comunitaria sostenida del virus y verifiquen en forma positiva los parámetros epidemiológicos y sanitarios establecidos con base científica, estipulados en el artículo 2° del presente decreto".
"Asimismo, se mantendrá por igual plazo, la medida de “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio -ASPO-, para las personas que residan en los aglomerados urbanos y en los Departamentos y Partidos de las provincias argentinas que posean transmisión comunitaria sostenida del virus SARS-CoV-2 o no cumplan con los demás parámetros epidemiológicos y sanitarios establecidos en el mencionado artículo", agrega.
El ejecutivo recuerda que incluso en los lugares donde se mantiene vigente la medida de ASPO "debe destacarse que, en la gran mayoría de ellos, se encuentran habilitadas una gran cantidad de actividades económicas, comerciales, industriales y de servicios, así como actividades recreativas y deportivas"
Y repite que "que una parte importante de la transmisión se produce debido a la realización de actividades sociales en las cuales se hace más difícil sostener el distanciamiento social, principalmente en lugares cerrados".