La Ley 820 de 2003, conocida como Ley de Arrendamientos de Vivienda Urbana en Colombia, regula los contratos de arriendo y establece mecanismos de protección para los inquilinos ante posibles abusos o incumplimientos del propietario. Además, ofrece alternativas legales para quienes deban entregar la vivienda antes del plazo pactado.
La norma define condiciones precisas para prevenir irregularidades y garantizar el equilibrio entre las partes.
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Cada vez más colombianos consultan sus derechos cuando necesitan mudarse antes de tiempo por motivos laborales, de salud o personales. Aunque el contrato sigue siendo obligatorio, la ley contempla excepciones que permiten su terminación anticipada.
En qué casos el inquilino puede irse antes sin penalización
Según el artículo 24 de la Ley 820, el arrendatario puede finalizar el contrato de manera anticipada si el arrendador incumple con sus obligaciones. Esto ocurre, por ejemplo, cuando el propietario no realiza reparaciones necesarias, interrumpe el uso del inmueble o vulnera la privacidad del inquilino.
En estos casos, el arrendatario no solo puede dejar la vivienda antes, sino que también está exento de pagar indemnización.
Otra situación válida se presenta cuando el inmueble sufre daños graves o deja de ser habitable por causas ajenas al inquilino, como incendios o deterioro estructural. En tales casos, la terminación anticipada se considera legal y no genera sanciones.
Cuándo el inquilino debe pagar una indemnización
Si el motivo de salida es por decisión propia, ya sea mudanza, compra de vivienda o razones laborales, el inquilino deberá notificar por escrito con tres meses de antelación y pagar una indemnización equivalente a tres meses de canon de arrendamiento. Este pago busca compensar al arrendador por la finalización anticipada del contrato.
Sin embargo, si ambas partes llegan a un acuerdo, la ley permite renunciar a la indemnización siempre que quede documentado. Es importante que el aviso y el acuerdo se realicen por medios verificables, como correo certificado o comunicación electrónica formal.
Recomendaciones para evitar futuros problemas legales
Antes de entregar la vivienda, los expertos aconsejan revisar el contrato y las cláusulas de terminación. Toda notificación debe hacerse por escrito y con prueba de entrega.
También se recomienda tomar fotografías del estado del inmueble al momento de la devolución y conservar los recibos de pago del canon y los servicios públicos.