En Colombia, la Ley 820 de 2003, que regula el arrendamiento de vivienda urbana, determina que los contratos de alquiler solo pueden ser incrementados una vez cada 12 meses.
El aumento máximo está directamente ligado al Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año anterior, según lo certifica el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), lo que garantiza que los incrementos sean razonables y no superen la inflación oficial.
Este mecanismo busca equilibrar la relación entre arrendadores e inquilinos, evitando incrementos arbitrarios y protegiendo la estabilidad económica de las familias.
Cómo se calcula el aumento del arriendo
El Artículo 20 de la Ley 820 establece que el aumento se aplica sobre el canon vigente del arrendamiento y no sobre costos adicionales como administración o servicios. Por ejemplo, si un apartamento tenía un arriendo de $1.000.000 y el IPC anual fue 9%, el incremento máximo permitido será de $90.000, quedando el arriendo en $1.090.000.
Esta regla asegura que los incrementos sean previsibles y transparentes, y que los contratos mantengan un equilibrio entre los intereses del arrendador y la capacidad de pago del arrendatario.
Obligaciones del arrendador al realizar el ajuste
Antes de aplicar cualquier incremento, el arrendador debe:
- Notificar al inquilino con anticipación el nuevo canon.
- Respetar el período de 12 meses entre aumentos.
- Garantizar que el incremento no supere el porcentaje del IPC certificado por el DANE.
Si se incumple alguna de estas condiciones, el inquilino tiene derecho a impugnar el aumento ante la autoridad competente, normalmente la Superintendencia de Notariado y Registro o un juez civil.
Impacto del límite legal en el mercado de arrendamientos
Esta regulación protege a los arrendatarios de incrementos abruptos y contribuye a predecir gastos mensuales de vivienda. A su vez, los arrendadores saben de antemano el porcentaje máximo de ajuste, lo que facilita la planeación financiera de sus propiedades.
En ciudades con alta demanda de vivienda urbana, como Bogotá, Medellín y Cali, el cumplimiento de este límite evita conflictos legales y promueve una relación más justa entre propietarios e inquilinos.