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El Gobierno colombiano confirmó que la evasión y la defraudación tributaria ya no serán tratadas como simples faltas administrativas.

A partir de la Reforma Tributaria de 2022 (Ley 2277), avalada en 2024 por la Corte Constitucional, quienes omitan activos, inflen deudas inexistentes o engañen al Estado en sus declaraciones deberán enfrentar penas privativas de la libertad que oscilan entre los3 y más de 13 años de prisión.

La medida busca cerrar el margen de maniobra de los evasores, bajando los montos con los que estas conductas se castigan con cárcel.

Ahora, cualquier ciudadano mayor de 18 años que aparezca en los listados de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) por fraude tributario podrá ser investigado penalmente y, de confirmarse la conducta, será enviado a prisión.

Cuáles son los montos que llevan a prisión según la DIAN

Las sanciones contemplan distintos niveles, dependiendo de la magnitud del fraude:

  • Omisión de activos o inclusión de pasivos ficticios: desde 1.000 salarios mínimos legales vigentes (SMMLV), la pena será de 4 a 9 años de prisión.
  • Si la evasión supera los 2.500 SMMLV, la condena puede escalar hasta los 12 años.
  • En casos superiores a 5.000 SMMLV, la sanción podría llegar a 13 años y medio de cárcel.
  • En el caso de la defraudación tributaria, cuando se genere un menor valor a pagar o un saldo a favor de 100 SMMLV en adelante, la condena será de entre 3 y 5 años.
  • Si el fraude supera los 2.500 SMMLV, la pena aumenta a más de 6 años.
  • Si sobrepasa los 5.000 SMMLV, puede alcanzar hasta 7 años y medio de prisión.

Corte Constitucional: la evasión de impuestos sí es un delito penal

El 8 de febrero de 2024, la Corte Constitucional declaró exequible el Título VI de la Reforma Tributaria para la Igualdad y la Justicia Social, dejando en firme que los delitos de evasión y defraudación tributaria tienen carácter penal. La decisión impide que estas conductas se extingan indefinidamente solo con el pago de las deudas, intereses y sanciones.

La Corte resaltó que la evasión afecta directamente el recaudo del Estado, limita la financiación de programas sociales y genera una competencia desleal entre los contribuyentes que cumplen y aquellos que intentan evadir.

¿Se puede evitar la cárcel pagando la deuda a la DIAN?

La legislación establece que quienes incurran en estos delitos podrán extinguir la acción penal pagando los impuestos, intereses y sanciones hasta en dos ocasiones.

No obstante, si reinciden tres veces o más, ya no podrán evitar la prisión: ponerse al día solo servirá para reducir la condena hasta en un 50%, pero no para eliminarla.

Gobierno y DIAN: una advertencia a los evasores de impuestos

La DIAN resaltó que estas medidas son claves para proteger el recaudo y garantizar los recursos que financian programas sociales y proyectos de desarrollo en Colombia.

El Gobierno, por su parte, envió un mensaje contundente: la evasión y la defraudación tributaria ahora tienen consecuencias reales, incluyendo cárcel, y el objetivo es que ningún contribuyente con capacidad de pago quede impune.