

Cada año, miles de pensionados en Colombia deben cumplir con un requisito que puede parecer sencillo, pero que tiene consecuencias directas sobre la recepción de sus pagos. Ignorarlo o retrasarse en cumplirlo podría afectar la continuidad de la pensión que tanto necesitan.
Colpensiones ha emitido recientemente un aviso que ha llamado la atención de los beneficiarios, generando dudas sobre qué deben hacer y cuáles podrían ser las repercusiones si no realizan este trámite.
La importancia de mantenerse al día con estas obligaciones es más relevante de lo que muchos creen.
La fe de vida: un requisito obligatorio para los pensionados
La fe de vida es un trámite que permite a Colpensiones confirmar que los beneficiarios de la pensión de vejez siguen vivos y, por ende, tienen derecho a recibir los pagos correspondientes. Todos los pensionados del régimen de prima media deben cumplir este requisito de forma periódica.

Colpensiones advirtió que no presentar la fe de vida en los tiempos establecidos puede generar la suspensión temporal de la pensión, afectando directamente la disponibilidad del dinero para los jubilados. La medida tiene como objetivo garantizar la transparencia en la entrega de los recursos y proteger a los pensionados frente a pagos indebidos.
Cómo realizar la fe de vida y evitar la suspensión de pagos
El trámite de fe de vida se puede efectuar de varias maneras: presencialmente en entidades financieras autorizadas, mediante servicios digitales habilitados por Colpensiones o con asistencia de familiares o apoderados para quienes tengan dificultades de desplazamiento.
Cada pensionado debe acreditar su identidad y firmar el documento que certifica su vigencia. Cumplir con este proceso evita inconvenientes y asegura que los pagos de la pensión de vejez se mantengan sin interrupciones.

Consecuencias de no presentar la fe de vida
En caso de que un pensionado no cumpla con la presentación de la fe de vida, Colpensiones procederá a suspender temporalmente los pagos de la pensión. Esto significa que el dinero no se depositará hasta que se acredite la vigencia del beneficiario.
Sin embargo, la suspensión no implica la pérdida definitiva de la pensión. Una vez realizado el trámite, los pagos se normalizan, permitiendo que el jubilado reciba sus recursos sin contratiempos.








